Orientaciones pedagógicas
Actualizado: 11 de agosto de 2026
Orientaciones Técnicas, para la consolidación de entornos seguros de aprendizaje (ESA) con uso de las Tecnologías de la información y de la comunicación (TIC)
El establecimiento educativo contemporáneo se define como un territorio expandido donde la tecnología no es un simple accesorio, sino un cuerpo de conocimientos fácticos y lógicos que materializa la inteligencia humana para mejorar la calidad de vida. Al entender la tecnología como una actividad que transforma nuestras prácticas socioculturales, la formación integral propuesta desde la Ley 115 de 1994 adquiere una nueva profundidad. No se trata solo de aprender a usar máquinas, sino de desarrollar la capacidad de agencia y el ejercicio de una ciudadanía que ahora habita entornos análogos (físicos) y digitales (virtuales).
Orientaciones Técnicas, para la consolidación de entornos seguros de aprendizaje (ESA) con uso de las Tecnologías de la información y de la comunicación (TIC)Orientaciones Técnicas, Pedagógicas y Administrativas para la atención Educativa a Estudiantes en Condición de Enfermedad
El Ministerio de Educación Nacional, en adelante -MEN-, pone a disposición del país el documento Orientaciones técnicas, administrativas y pedagógicas para la atención educativa a niñas, niños, adolescentes y jóvenes en condición de enfermedad que, debido a esta, el respectivo tratamiento médico y el periodo de convalecencia y que, por indicación médica, no pueden asistir regularmente al establecimiento educativo o que no están vinculados al sistema educativo. Lo anterior, con el propósito de encaminar la respuesta que le corresponde ofrecer a los diferentes actores del sector, tales como las secretarías de educación, los establecimientos educativos y padres, madres de familia o personas cuidadoras.1 Estos actores deben garantizar a los estudiantes en situación o condición de enfermedad,2 quienes temporalmente estarán en un hospital, en su domicilio, en una institución de apoyo o acuden de forma intermitente al establecimiento educativo, la continuidad en el acceso a las oportunidades de formarse integralmente, aprender y participar que ofrece la educación formal, pues la enfermedad, no puede ser motivo para interrumpir el ejercicio pleno y efectivo del derecho a la educación.