Listado de Establecimientos Educativos No Oficiales que superan el percentil 35 para la contratación de la prestación del servicio educativo
Actualizado: 27 de noviembre de 2025
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Vigencia 2026
De acuerdo con la modificación del artículo 2.3.1.3.3.7 del Decreto 1075 de 2015 contenida en el artículo 1 del Decreto 0770 de 2025, en relación con los requisitos de idoneidad para los potenciales contratistas del servicio educativo se tiene:
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Artículo 1°. Modificación del artículo 2.3.1.3.3.7 del Decreto 1075 de 2015. Modifíquese el artículo 2.3.1.3.3.7 del Decreto 1075 de 2015, el cual quedará así:
"Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen, además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
Experiencia. Para acreditar la experiencia requerida, los aspirantes deben haber prestado el servicio educativo directamente por cinco (5) años continuos o discontinuos, en cualquier tiempo.
Idoneidad. En los resultados anuales publicados por el ICFES correspondientes a las pruebas de Estado Saber 3, 5, 9 y 11" presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje o lectura crítica y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación.
En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas, por no ofrecer alguno de los grados, este requisito aplicará solo para las pruebas presentadas. En los casos en que el ICFES no haya aplicado pruebas Saber 3º, 5º y 9 º en el año inmediatamente anterior y el establecimiento educativo no tenga resultados correspondientes a las pruebas de Estado Saber 11, por no ofertar este grado, el criterio de idoneidad debe ser acreditado de una de las siguientes formas.
- Encontrarse en el régimen de libertad regulada al momento de postularse para participar en la conformación o actualización del Banco de Oferentes, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 1075 de 2015, los lineamientos adoptados por el Ministerio de Educación Nacional en el Manual de Autoevaluación y Clasificación de Establecimientos Privados de Preescolar, Básica y Media y la resolución que establece los parámetros para la fijación de tarifas vigente.
- Encontrarse en el régimen de libertad vigilada en la categoría 9 o superiores. por razones de idoneidad, al momento de postularse para participar en la conformación o actualización del Banco de Oferentes, de acuerdo con la resolución de tarifas vigente.
Parágrafo 1°. La entidad territorial certificada podrá establecer criterios de trayectoria e idoneidad superiores a los enunciados en la presente Sección.
Parágrafo 2°. El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Educación Nacional, publicará anualmente, en el mes de noviembre, el listado de los establecimientos educativos que cumplen con el requisito establecido en el numeral 2 del presente artículo"
A continuación, en las primeras 28 páginas del archivo adjunto se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2024. A partir de la página 29 se encuentra el listado de establecimientos educativos no oficiales que se encuentran en el régimen de libertad regulada o en el régimen de libertad vigilada en la categoría 9 o superiores.
Vigencia 2025
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 Título 1, Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015 (subrogado por el Decreto 1851 de 2015 y adicionado por el Decreto 030 de 2017), que dispone:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 020513 expedida el 28 de octubre de 2020, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017 (grados 3, 5 y 9), 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023 (grado 11), para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2025.
Vigencia 2024
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 Título 1, Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015 (subrogado por el Decreto 1851 de 2015 y adicionado por el Decreto 030 de 2017), que dispone:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 020513 expedida el 28 de octubre de 2020, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017 (grados 3, 5 y 9), 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022 (grado 11), para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2024
Vigencia 2023
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 Título 1, Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015 (subrogado por el Decreto 1851 de 2015 y adicionado por el Decreto 030 de 2017), que dispone:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 020513 expedida el 28 de octubre de 2020, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017 (grados 3, 5 y 9), 2018, 2019, 2020 y 2021 (grado 11), para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2023
Vigencia 2022
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 Título 1, Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015 (subrogado por el Decreto 1851 de 2015 y adicionado por el Decreto 030 de 2017), que dispone:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 020513 expedida el 28 de octubre de 2020, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017 (grados 3, 5 y 9), 2018, 2019 y 2020 (grado 11), para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2022.
Vigencia 2021
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 Título 1, Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015 (subrogado por el Decreto 1851 de 2015 y adicionado por el Decreto 030 de 2017), que dispone:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 020513 expedida el 28 de octubre de 2020, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017 (grados 3, 5 y 9), 2018 y 2019 (grado 11), para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2021.
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Vigencia 2020
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 de la Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015, que dispone:
Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 011223 expedida el 25 de octubre de 2019, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017 y 2018, para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2020.
Es importante resaltar el parágrafo transitorio del artículo 4 de la citada Resolución establece que: Para la contratación a realizarse en el año 2020 por parte de las entidades territoriales que acuden a la contratación del servicio educativo por insuficiencia en la capacidad oficial o limitaciones para el uso de dicha capacidad, el cálculo del percentil se realizará con base en la información actualizada por el ICFES para las Pruebas Saber 3° 5° y 9° presentadas y publicadas en 2017, así como las últimas pruebas SABER 11 presentadas y publicadas en 2018. Si aplicados estos criterios no se alcanza la cobertura suficiente, la Entidad Territorial Certificada en Educación podrá contratar con los establecimientos educativos que superaron el percentil 35 en él año anterior y que hayan prestado el servicio durante el año 2019.
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Vigencia 2019
En atención a lo establecido en el artículo 2.3.1.3.3.7 del Capítulo 3 de la Parte 3 del Libro II del Decreto 1075 de 2015, que reza:
- Artículo 2.3.1.3.3.7. Experiencia e idoneidad de los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes. Los aspirantes a ser habilitados en el Banco de Oferentes deberán demostrar que sus establecimientos educativos postulados cumplen además de los requisitos señalados en el artículo anterior, los siguientes requisitos de experiencia e idoneidad:
- Un tiempo mínimo de experiencia de 5 años en la prestación del servicio educativo.
- Que en los últimos resultados publicados por el ICFES, correspondientes a las pruebas de Estado SABER 3°, 5°, 9° Y 11° presentadas, el establecimiento educativo haya alcanzado puntajes superiores al percentil 35 en las áreas de lenguaje y matemáticas, entre los establecimientos educativos de su respectiva entidad territorial certificada en educación. En caso de que el establecimiento educativo no presente la totalidad de las pruebas -por no ofrecer alguno de los grados-, este requisito aplica solo para las pruebas presentadas.
Y con base en la metodología establecida en la Resolución 26060 del 21 de noviembre de 2017, a continuación, se publica el Listado de Establecimientos educativos no oficiales que superan el Percentil 35 en las pruebas Saber 2017, para la contratación del servicio educativo en la vigencia 2019.
