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Ley estatutaria, la educación es un derecho

Aclaremos los mitos

Actualizado: 11 de septiembre de 2023

  • Eliminar la excepcionalidad de la protección constitucional en el derecho al acceso a la educación superior no implicará desconocer o anular el principio de la autonomía universitaria (art. 69 CP).
  • No es cierto que los grados 12 y 13 se convertirán en obligatorios para todo el sistema educativo. Por el contrario, será voluntario y se concibe como una estrategia de articulación entre la educación media y la superior, especialmente para fortalecer las Escuelas Normales.
  • No es cierto que la educación inicial no es una prioridad en esta ley y que se pierde la protección para la primera infancia. Por el contrario, en el proyecto de articulado se reconocen y potencializan las políticas de Estado vigentes sobre la materia. Ejemplo: Ley 1804 de 2016.
  • No es cierto que va a desaparecer la oferta privada. Al contrario, el proyecto de ley en el artículo segundo reconoce la oferta educativa de los actores públicos, privados o mixtos
  • No es cierto que la ley se reduzca a una simple declaración, en razón a las limitaciones presupuestales, toda vez que en virtud del principio de progresividad el Estado implementará una ruta que, con plazos razonables, pueda apropiar los recursos suficientes para materializar el derecho.

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