
Rendición de cuentas
Actualizado: 20 de noviembre de 2023
La rendición de cuentas está respaldada jurídicamente en el artículo 48 de la ley 1757 de 2015, por la cual se dictan disposiciones en materia de promoción y protección del derecho a la participación democrática y, define la rendición de cuentas como:
- Es un proceso de obligatorio cumplimiento a través del cual el Ministerio de Educación Nacional informa, explica y da a conocer los avances y resultados de su gestión a los ciudadanos, la sociedad civil, otras entidades públicas y a los organismos de control, a partir de la promoción del diálogo.
- Es una expresión de control social que comprende acciones de petición de información y explicaciones, así como la evaluación de la gestión.
Consulte el Informe del Congreso 2022 - 2023
Con el objetivo de identificar los temas de interés y otros aportes para llevar a cabo nuestra rendición de cuentas, invitamos a la ciudadanía y grupos de valor a diligenciar la Encuesta-Rendición de Cuentas 2023
Consulte las Memorias e informes históricos de rendición de cuentas de vigencias anteriores realizadas por el Ministerio de Educación Nacional.