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Evaluación

Evaluación de ascenso y reubicación

Actualizado: 14 de marzo de 2024

Evaluación de ascenso y reubicación en el escalafón docente

Se entiende por Escalafón Docente el sistema de clasificación de los docentes y directivos docentes estatales de acuerdo con su formación académica, experiencia, responsabilidad, desempeño y competencias, constituyendo los distintos grados y niveles que pueden ir alcanzando durante su vida laboral y que garantizan la permanencia en la carrera docente con base en la idoneidad demostrada en su labor y permitiendo asignar el correspondiente salario profesional (Decreto Ley 1278 de 2002).

Una vez se ingresa a la carrera docente, el ascenso o la reubicación en el escalafón procederá luego de la acreditación de diferentes requisitos, dentro de los cuales se encuentra la aprobación de la evaluación de competencias.

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¿Qué es la evaluación de competencias?

La evaluación de competencias es la evaluación que se realiza, de carácter voluntario, a los docentes y directivos docentes inscritos en el Escalafón Docente que pretendan ascender de grado en el Escalafón o cambiar de nivel en un mismo grado.

Serán candidatos a ser reubicados en un nivel salarial superior, o a ascender en el escalafón docente, si reúnen los requisitos para ello, quienes obtengan más de 80% en la evaluación de competencias (Decreto 1278 de 2002).

¿Cuáles son los requisitos para ascender o reubicarse en el escalafón?

Según el Decreto 1278 de 2002, son requisitos para la inscripción y ascenso de los docentes o directivos docentes estatales en los distintos grados del Escalafón Docente los siguientes:

Grado uno:

  • a) Ser normalista superior.
  • b) Haber sido nombrado mediante concurso.
  • c) Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba

Grado dos:

  • a) Ser licenciado en Educación o profesional con título diferente más programa de pedagogía o un título de especialización en educación.
  • b) Haber sido nombrado mediante concurso.
  • c) Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba; o la evaluación de competencias en caso de que esté inscrito en el Grado Uno.

Grado tres:

  • a) Ser Licenciado en Educación o profesional.
  • b) Poseer título de maestría o doctorado en un área afín a la de su especialidad o desempeño, o en un área de formación que sea considerada fundamental dentro del proceso de enseñanza - aprendizaje de los estudiantes.
  • c) Haber sido nombrado mediante concurso.
  • d) Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba; o la evaluación de competencias en caso de que esté inscrito en el Grado Uno o Dos

¿Cuál es la evaluación de competencias actual?

Según los acuerdos establecidos entre el Ministerio de Educación Nacional y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (FECODE) en el 2015, la evaluación de competencias se basa en una evaluación de carácter diagnóstico formativa a partir de la observación de videos.

Actualmente la Evaluación de Carácter Diagnóstico Formativa -ECDF-, cuenta con tres cohortes.

¿Qué evalúa la ECDF?

La ECDF valora 4 criterios, los cuales a su vez se dividen en diferentes componentes, descritos en la Resolución 15711 del 24 de septiembre de 2015. Estos se valorarán con base en la evidencia de actuaciones del educador en su práctica docente mediante cuatro instrumentos según el cargo:

  • Video: registra una actividad de aula de los docentes o del quehacer de los directivos docentes, orientadores, docentes tutores y directivos sindicales.
  • Encuestas: se trata de un instrumento con diferentes tipos de preguntas cuyo objetivo es valorar la percepción, la labor o el grado de cumplimiento del evaluado. La aplicación o no de este instrumento y la población encuestada está determinada por el cargo en el que se desempeñe.
  • Autoevaluación: este instrumento contiene diferentes tipos de preguntas cuyo objetivo es valorar la percepción del educador frente a su desempeño en las funciones y actividades propias que viene desarrollando.
  • Últimas dos evaluaciones anuales de desempeño que haya presentado el educador: Es el promedio aritmético de las últimas dos (2) evaluaciones anuales de desempeño que haya presentado el educador, registradas únicamente en el Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Nómina, implementado en el marco del proyecto de modernización de las Secretarías de Educación.

Normatividad

Normatividad

Decreto Ley 1278 de 2002

Por el cual se expide el Estatuto de profesionalización Docente.

Decreto 1075 de 2015

Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.

Decreto 1657 de 2016

Por el cual se modifica el Decreto 1075 de 2015, en materia de evaluación para ascenso de grado y reubicación de nivel salarial de los educadores que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002 y se dictan otras disposiciones.

Resolución 15711 de 2015

En la cual se describen los criterios, componentes e instrumentos de la ECDF.

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