JORNADA COMPLETA:
Actualizado: 07 de febrero de 2017
De acuerdo con el Decreto 1850 de 2002, Art. 1º. la Jornada Escolar Completa o Única "es el tiempo diario que dedica el establecimiento educativo a sus estudiantes en la prestación directa del servicio público educativo, de conformidad con las normas vigentes".
Por consiguiente, la jornada para los estudiantes de acuerdo con el nivel educativo según el Decreto mencionado (Art. 2º.) será:
- Para el nivel de Preescolar será de 20 horas semanales de sesenta minutos como mínimo.
- Para el nivel de Básica Primaria será de 25 horas semanales de sesenta minutos.
- Para el nivel de Básica Secundaria y Media será de 30 horas semanales de sesenta minutos.
- Debido a que no hay una normatividad especial para el sector privado, estos tiempos se deben aplicar también a este sector, puesto que los estudiantes no deberán estar en inferiores condiciones y deberán cumplir con el número de horas anuales que ordena la Ley 115 de 1994.













