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Evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docentes

Directiva ministerial sobre evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docentes,

Actualizado: 05 de mayo de 2020

Directiva ministerial sobre evaluación anual de desempeño de docentes y directivos docentes

A través de la directiva ministerial No. 26, expedida este 31 de agosto del 2010, el Ministerio de Educación informa a las secretarías de educación de departamentos, distritos y municipios certificados, directivos docentes y docentes, que el Consejo de Estado, en la sentencia proferida el 25 de febrero de 2010 dentro del expediente 11001-03-25-000-2008-00007-00, ratificó la evaluación anual de desempeño laboral de los docentes y directivos reglamentada por el Decreto 3782 de 2007 ..

Así mismo, el Consejo de Estado resolvió decretar la nulidad de las expresiones "primera valoración", "segunda valoración", "dos valoraciones" y "una vez exista vacante" contenidas en el Decreto mencionado.

Lo anterior implica que en la evaluación anual de desempeño laboral, el evaluador sólo emitirá una única calificación al finalizar el año escolar, siempre que el evaluado haya ejercido el cargo en el establecimiento educativo mínimo durante tres meses continuos o discontinuos.

La evaluación de desempeño fue reglamentada con el decreto 3782 del 2007 , regido por el Decreto Ley 1278 del 2002 que define que son las secretarias las encargadas de organizar y divulgar el proceso en su entidad territorial, y prestar asistencia técnica a evaluadores y evaluados.

Recordemos que la evaluación anual de desempeño laboral del docente y del directivo docente es un proceso permanente que permite verificar el quehacer profesional de los educadores identificando fortalezas y aspectos de mejoramiento; para esto, se acude a la valoración de sus competencias funcionales y comportamentales. Los resultados de la evaluación anual de desempeño laboral, harán parte de la autoevaluación institucional y servirán para el diseño de los planes de mejoramiento institucional y de desarrollo personal y profesional de docentes y directivos docentes.

Consulte la Directiva Ministerial No. 26 de agosto 31 de 2010 sobre la Evaluación Anual de Docentes y Directivos Docentes


Abecé de la evaluación anual de desempeño laboral

La evaluación del desempeño laboral de docentes y directivos docentes hace parte de un compromiso nacional con la calidad de la educación, que debe propiciar la reflexión permanente, tanto individual como colectiva, sobre las posibilidades de crecimiento personal y profesional del talento humano encargado de dirigir las instituciones educativas y de liderar los procesos de enseñanza y aprendizaje en las aulas colombianas.

Esta evaluación constituye una herramienta invaluable para el mejoramiento, a partir de la cual los docentes y directivos docentes, los establecimientos educativos, las entidades territoriales y el país podrán trazar estrategias que conduzcan a la adquisición y el desarrollo efectivo de las competencias que requieren nuestros maestros y maestras para que los niños, niñas y jóvenes del país accedan a una educación de mayor calidad.


¿Qué es la evaluación anual de desempeño?

La evaluación de desempeño es un proceso que permite obtener información sobre el nivel de logro y los resultados de los educadores, en el ejercicio de sus responsabilidades en los establecimientos educativos en los que laboran. Se basa en el análisis del desempeño de los docentes y directivos docentes, frente a un conjunto de indicadores establecidos previamente.

La evaluación de desempeño se caracteriza por ser un proceso:

  • Continuo: porque se realiza durante todo el año escolar, para propiciar la reflexión permanente sobre los logros y los resultados de los educadores.
  • Sistemático: porque requiere de planeación y organización para obtener información confiable y representativa del desempeño de los educadores.
  • Basado en la evidencia: puesto que se sustenta en pruebas y demostraciones concretas que garanticen objetividad.
  • Orientado al mejoramiento: este proceso debe culminar cada año con la formulación concertada entre evaluadores y evaluados, de un Plan de Desarrollo Personal y Profesional, que apoye el desarrollo individual de las competencias de los docentes, coordinadores, rectores y directores rurales del país.

¿Quiénes son objeto de la evaluación de desempeño, según el Decreto 3782 de 2007?

Son objeto de evaluación de desempeño laboral los docentes y directivos docentes que ingresaron al servicio educativo estatal, según lo establecido en el ; superaron la evaluación de periodo de prueba; han sido nombrados en propiedad y llevan mínimo tres (3) meses, continuos o discontinuos, laborando en un establecimiento educativo.

Los docentes a que hace referencia este apartado pueden estar trabajando en cualquier nivel de educación: preescolar, básica primaria, básica secundaria o media. A su vez, los directivos docentes son de tres tipos: rectores, directores rurales y coordinadores.


¿Qué se evalúa?

Se evalúan las competencias de los educadores (que se definen como características internas de las personas, que implican la interacción entre conocimientos, habilidades y disposiciones). Las competencias se relacionan con el desempeño laboral de las personas, puesto que determinan su capacidad para enfrentar diferentes situaciones con creatividad y flexibilidad.

Para este proceso se evalúan las competencias funcionales y comportamentales de los docentes y los directivos docentes. Las funcionales, que tienen un valor del 70% sobre el resultado total de la evaluación, se refieren al desempeño de responsabilidades específicas. Las comportamentales, que constituyen el 30% de la evaluación, implican las actitudes, los valores, los intereses y las motivaciones con que los educadores cumplen sus funciones.


¿Quiénes evalúan?

Los evaluadores tienen un papel importante en la evaluación de desempeño. Son quienes propician un ambiente de colaboración y respeto que facilite el desarrollo personal y profesional de los docentes y directivos docentes evaluados.

En el caso de los docentes y los coordinadores, los evaluadores serán el rector o el director rural del establecimiento. A su vez, los rectores y los directores rurales serán evaluados por su superior jerárquico en la estructura de la secretaría de educación, o por el servidor público que sea designado por el nominador de la entidad territorial certificada correspondiente..


Nuevos protocolos de Evaluación de Desempeño docente


La Comisión Nacional del Servicio Civil, como entidad constitucional y legal competente para la administración y vigilancia de la carrera especial docente, en desarrollo del literal b) del artículo 2.4.1.5.1.8 del Decreto 1075 de 2015 y previa solicitud del Ministerio de Educación Nacional, mediante Resolución 20181000174835, prorrogó la entrada en vigencia del nuevo protocolo de evaluación.

Para ampliarla información invitamos a consultar la circular Ministerial No. 38 de 2018, que da aplicación a lo ordenado en la Resolución citada y con la que se brindan orientaciones sobre la evaluación de desempeñó anual para los educadores que se rigen por el Decreto Ley 1278 de 2002, para el periodo escolar 2019.

Resolución 20181000174835 de la CNSCResolución 20181000174835 de la CNSC Circular Ministerial No. 38 de 2018Circular Ministerial No. 38 de 2018

Directiva Ministerial No. 08 de abril 8 de 2008
Decreto No. 3782 de Octubre 2 de 2007
Decreto Ley 1278 de Junio 19 de 2002
Guía 31 - Evaluación Anual de Desempeño Laboral

Tabla Resumen EvidenciasTabla Resumen Evidencias Competencias, criterios y evidenciasCompetencias, criterios y evidencias Glosario de CompetenciasGlosario de Competencias Modelo de encuesta para estudiantesModelo de encuesta para estudiantes Modelo de pauta de observación en claseModelo de pauta de observación en clase Instrumentos para la evaluación anual de desempeño laboralInstrumentos para la evaluación anual de desempeño laboral

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