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Orientaciones para las familias sobre útiles, uniformes y textos escolares en 2026

Orientaciones para las familias sobre útiles, uniformes y textos escolares en 2026, utiles escolares

Actualizado: 21 de enero de 2026

El Ministerio de Educación expidió la circular No. 002 para la definición de los materiales educativos que solicitan los colegios privados.

Bogotá D.C., 8 de enero de 2026. El Ministerio de Educación Nacional acompaña a las familias en la preparación del año escolar 2026 y brinda información sobre los materiales educativos (útiles, uniformes y textos escolares) en los colegios no oficiales del país.

Por este motivo, se expidió la circular No. 002 del 8 de enero de 2026, con el propósito de cuidar la economía familiar, donde se recuerda a los colegios privados que deben entregar, al momento de la matrícula, la lista completa de útiles, textos y uniformes que se usarán durante el año.

Esta lista debe estar previamente aprobada por el Consejo Directivo del establecimiento y debe responder a las necesidades reales del aprendizaje sin generar gastos excesivos.

Igualmente, se debe incluir un cronograma para el uso de los textos y demás útiles escolares, con el fin de evitar que los padres de familia deban adquirir todos los útiles al inicio del año escolar.

Las familias son libres de comprar útiles y uniformes donde prefieran, no se pueden imponer marcas, proveedores ni lugares de compra. En el caso de los textos escolares deben mantenerse por al menos tres años.

No se puede exigir más de un uniforme de uso diario y de educación física; y ante la falta de uniforme por razones económicas no puede afectar la participación del estudiante en clases.

Los cobros de alimentación, transporte o alojamiento escolar solo podrán solicitarse a las familias o acudientes que voluntariamente hubieren aceptado dichos servicios.

Las listas escolares deberán estar publicadas en la plataforma EVI, lo que permite mayor transparencia y control.

Matrículas y pensiones para 2026

Para el año 2026, los incrementos en matrícula y pensión de los colegios no oficiales solo podrán realizarse dentro de los límites establecidos, según la clasificación de cada institución, de acuerdo con la Resolución No. 019805 de 2025.

(Ver comunicado sobre costos de matrículas en 2026)

Está prohibido cobrar cuotas adicionales, bonos o aportes distintos a los autorizados. Los servicios como transporte o alimentación solo pueden cobrarse si las familias los aceptan voluntariamente.

Las secretarías de educación son las encargadas de vigilar el cumplimiento de estas normas.

El Ministerio de Educación Nacional reitera su compromiso con una educación transparente, justa y respetuosa de las familias.

Porque es Mejor Estudiar.

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