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Estudiantes, personal académico, administrativo y graduados de la Universidad Industrial de Santander votarán para elegir a los candidatos elegibles para rector o rectora
Actualizado: 21 de mayo de 2025
La UIS realiza ajustes en el proceso de designación del rector o rectora donde la comunidad universitaria tendrá una importante participación. El Consejo Superior designará al rector o rectora, entre los candidatos elegidos por la comunidad universitaria (estudiantes, docentes, administrativos y egresados graduados).
Foto del portal web UIS.
Bucaramanga (Santander), 12 de marzo de 2025. El actual rector de la Universidad Industrial de Santander (UIS) finalizará su periodo en mayo de 2025. Ante este escenario, en la sesión del 11 de marzo del Consejo Superior de la Universidad, en la que participó el Ministerio de Educación Nacional, por conducto del delegado del señor Ministro, se permite informar que:
Se modificó parcialmente el Estatuto General, documento que ordena las normas de funcionamiento y organización de la institución, donde se definen los principios que orientan la misión de la universidad, sus órganos de gobierno y los procedimientos para reformarla.
En este sentido, y con el objetivo de escuchar la voz y reconocer la lucha de los estudiantes, profesores y personal administrativo, se definió que en la próxima convocatoria para la designación de rector o rectora, y con el fin de escoger los candidatos elegibles, se debe elevar un proceso de elección vinculante donde participe la comunidad universitaria:
- Para efectos de dicha votación, según el documento, el peso será el siguiente: profesores(as) de carrera: 30%; profesores(as) ocasionales y cátedra (incluidos los tutores del IPRED): 15%; estudiantes: 30%; personal administrativo: 15%; y egresados graduados: 10%.
- Se elegirán hasta tres candidatos(as) con los mayores factores de votación, siempre que cada uno(a) tenga al menos el 10% de la ponderación total. Sin embargo, si el/la candidata(a) con mayor votación supera al segundo por al menos el 20% de ponderación total será elegido(a) como candidato(a) único quien haya obtenido el más alto factor de votación.
- Si ninguno(a) de los aspirantes obtiene el umbral mayor o igual al 10% de la ponderación total para ser elegido(a) como candidato(a), se deberá realizar una nueva convocatoria, con el mismo procedimiento. Es de aclarar, que en esta no podrán participar quienes fueron aspirantes en el proceso fallido.
- El Consejo Superior designará rector(a) por una mayoría calificada, es decir, con el voto favorable de al menos dos tercios de sus integrantes. El mandato tendrá una duración de tres años y podrá ser renovado, de manera inmediata, una sola vez.
Antes, según el Estatuto General, establecía que los aspirantes a rector debían postularse por escrito ante el Secretario General, presentando su hoja de vida y documentos que acreditaban el cumplimiento de los requisitos. El Consejo Académico verificaba sus credenciales y méritos, y entregaba un informe al Consejo Superior, que finalmente designaba al rector.
"Este ajuste responde a los retos y dinámicas actuales de las universidades públicas, garantizando la participación directa de la comunidad universitaria. Asimismo, confía en que quienes ejercen la representación de los estamentos ante este órgano respaldarán los resultados del proceso de votación, en cumplimiento de su responsabilidad con la institución y su comunidad. De este modo, la voluntad expresada por la comunidad universitaria será concurrente con la decisión que, conforme a la ley, le compete al Consejo Superior en la designación del rector", expresa el Consejo Superior en comunicado de prensa.
En el mismo comunicado del Consejo Superior, se indica que durante la siguiente sesión y después de revisar las observaciones, abordará la reforma del articulado restante del Estatuto y definirá la metodología para este proceso.
Consulte la reforma del Estatuto General en: https://comunicaciones.uis.edu.co/wp-content/uploads/2025/03/0001_20250311_Acuerdo_006_250311_181305.pdf
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