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ABC de la implementación de la Política de Gratuidad en la Matrícula en IES públicas para el periodo 2023-2

Actualizado: 18 de agosto de 2023

Bogotá D.C., 17 agosto de 2023. Para el Gobierno Nacional es una prioridad el fortalecimiento de la gratuidad en la matrícula de las Instituciones de Educación Superior públicas, como una forma de avanzar en la garantía del derecho a la educación superior, y como un pilar fundamental para el aumento de la cobertura con calidad del sistema durante los próximos años en el país.

Es así como el Ministerio de Educación Nacional, presenta este ABC de la política de gratuidad en matricula en instituciones de educación superior públicas del país, para este segundo periodo de 2023.

¿Qué normas rigen la actual política de gratuidad en la matrícula?

En aras de precisar las condiciones de implementación de la política de gratuidad frente a varios hechos y consultas que se han presentado, es pertinente señalar que la Política de Gratuidad en la Matrícula para el periodo 2023-2 seguirá implementándose de conformidad con lo previsto en el artículo 27 de la Ley 2155 de 2021, el Decreto 1667 de 2021 y el Reglamento Operativo versión 4, firmado el 17 de julio del presente año, en donde se establecen los requisitos de acceso, renovación del beneficio, procesos de validación y giro de recursos, entre otros.

¿Cuáles son los requisitos de acceso para ser beneficiario (a) de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

En cuanto a los requisitos de acceso, el Reglamento Operativo establece lo siguiente:

  1. Tener nacionalidad colombiana.
  2. Tener entre 14 a 28 años. Para efecto del cálculo del requisito, se tendrá en cuenta que el (la) estudiante cumpla la edad límite durante el semestre en el cual se le asigna el beneficio, para lo cual se entiende por primer semestre del año, el periodo comprendido entre el 1 de enero al 30 de junio, y segundo semestre, entre el 1 de julio al 31 de diciembre.
  3. Encontrarse registrado en alguno de los siguientes sistemas de información del Estado colombiano:
    • Base certificada nacional de SISBEN IV y pertenecer al grupo A, B o C, en cualquier subgrupo, del Departamento Nacional de Planeación.
    • Base censal del Ministerio del Interior en el caso de pertenecer a población indígena.
    • Registro Único de Víctimas de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas - UARIV, en el caso de pertenecer a la población víctima del conflicto armado.
  4. Estar matriculado(a) y registrado(a) en el SNIES en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), con registro calificado vigente, impartido bajo cualquier modalidad (presencial, a distancia, virtual, dual u otros desarrollos que combinen e integren las anteriores modalidades), en alguna de las Instituciones de Educación Superior públicas que hubieran suscrito el Convenio para la Gratuidad con el Ministerio de Educación Nacional.
  5. No tener título profesional universitario ni de postgrado de cualquier institución de educación superior.

¿Qué consideraciones se tienen para estos requisitos de acceso?

Se considera que un(a) estudiante está matriculado(a) cuando ha cumplido los requisitos académicos y financieros conforme a los reglamentos de cada Institución de Educación Superior pública.

Dentro los programas de postgrado se tendrán en cuenta los programas de especialización, maestría, doctorado, especialización técnica profesional o especialización tecnológica.

Para los(as) estudiantes que recibieron el beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula durante la vigencia 2022, ya sea a través del Fondo Solidario para la Educación (FSE) o del componente de Equidad del programa Generación E, mantendrán el beneficio así no estén registrados en Sisbén IV, siempre y cuando no hubieran obtenido título de profesional universitario y aun cuenten con periodos a financiar que le permitan renovar el beneficio.

¿A quiénes se les valida los requisitos de acceso?

Es de aclarar, que la validación de los requisitos de acceso solo se realiza a los estudiantes que no son beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula y que no se constituyen en requisitos de permanencia. En otras palabras, los estudiantes que adquieren el beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula no deben cumplir periodo a periodo los requisitos descritos.

El Ministerio de Educación Nacional informará a las IES las fechas de corte de los procesos de validación para el otorgamiento del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula.

¿Cómo se renueva el beneficio?

Para renovar el beneficio el Ministerio de Educación Nacional validará cada semestre la relación de beneficiarios(as) antiguos de la Política de Gratuidad en la Matrícula, frente al reporte en la plantilla de caracterización y frente al reporte de la plantilla de graduados que cargan las IES en el SNIES en cada periodo académico.

El Ministerio de Educación Nacional informará a las IES las fechas de corte de los procesos de validación para la renovación.

En este sentido, podrán renovar el beneficio aquellos (as) estudiantes beneficiarios(as) de la Política de Gratuidad que sean reportados como matriculados en una de las 64 IES públicas del país, y que no incurran en una de las causales de terminación del beneficio.

El Ministerio de Educación Nacional informará a las IES las fechas de corte de los procesos de validación para la renovación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula.

¿Cuáles son las causales de la terminación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

Las siguientes son las causales de terminación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula:

  1. Por cumplimiento de la duración del beneficio según el artículo 13 del reglamento operativo.
  2. Por decisión voluntaria del estudiante, para ello deberá informarlo por escrito a la Institución de Educación Superior.
  3. Cuando el beneficiario(a) haya accedido a la Política de Gratuidad en la Matrícula con información no veraz, o con documentos adulterados.
  4. Cuando pierda la condición de estudiante de acuerdo con los reglamentos internos de las IES, la cual deberá ser informada al Ministerio de Educación Nacional a través de la plantilla de caracterización.
  5. Superar más de dos aplazamientos.
  6. Obtener un grado de profesional universitario o de posgrado.
  7. Perder la condición de beneficiario del componente de Equidad del Programa Generación E, a partir del primer periodo de implementación de la Política de Gratuidad en la Matrícula (2022-1).
  8. Por fallecimiento.

El o la estudiante que renuncie voluntariamente (literal b), supere más de dos aplazamientos (literal e) o que haya perdido la condición de beneficiario del componente de Equidad (literal g) conforme a este artículo, podrá ser beneficiario(a) nuevamente siempre que hayan transcurrido 3 semestres académicos y cumpla con todos los requisitos vigentes para acceder a la Política de Gratuidad en la Matrícula.

¿En qué fechas se realizará el proceso de validación para identificar los nuevos beneficiarios y la renovación de los antiguos para el 2023-2?

El proceso de validación que realiza el Ministerio de Educación a partir de la información reportada por las IES en el SNIES para la identificación de nuevos beneficiarios y la renovación de los antiguos para el 2023-2 se realizará en las siguientes fechas:

  • Primer corte 15 septiembre de 2023
  • Segundo corte 6 de octubre de 2023
  • Tercer y último corte 27 de octubre de 2023

Dado lo anterior, se invita atentamente a las Instituciones de Educación Superior que procedan a diligenciar la información en las diferentes plantillas del SNIES con prontitud.

¿Cómo podrán mantener la gratuidad en la matrícula, una vez adjudicado el beneficio?

Resulta muy importante tener en cuenta que los requisitos de edad y condición de vulnerabilidad de los estudiantes solo se validan para el acceso a la política de gratuidad, pero no para las renovaciones. Por este motivo, una vez adjudicado el beneficio, los estudiantes podrán mantener la gratuidad en la matrícula, sin restricción de la edad o condición socioeconómica, siempre que cumplan los requisitos y procesos de renovación durante su proceso de formación.

¿En cuánto tiempo se reglamentará la nueva ley de gratuidad, sancionada por el Presidente Gustavo Petro el pasado mes de julio?

La Ley 2703 del 31 de julio de 2023, "POR LA CUAL SE ESTABLECE LA GRATUIDAD EN LOS PROGRAMAS DE PREGRADO EN LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR PÚBLICAS DEL PAÍS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES", estableció un plazo de seis meses para su reglamentación por parte del gobierno nacional, razón por la cual su implementación iniciará en el periodo 2024-1.

En este sentido, es necesario reiterar que durante el periodo 2023-2 la política de gratuidad se implementará de acuerdo con las disposiciones del Decreto 1667 de 2021 y el reglamento operativo vigente, el cual se anexa a este ABC.

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