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Evaluación Institucional

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Actualizado: 27 de mayo de 2019

Con el objetivo de mejorar la calidad, los establecimientos educativos privados deben realizar anualmente su autoevaluación institucional a través de un proceso participativo y crítico, con apoyo de la Guía No. 4, Manual de Evaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados, versión 2016 . Existe un formulario para colegios, otra para jardines, otro para establecimientos de educación de adultos y otro para proyectos de nuevos establecimientos educativos.

El cambio de la presente versión (octava, del año 2016) del Manual frente a la del año 2014 se dio en el año 2015, cuando se cambió el criterio para clasificación en Régimen Controlado, pasando de los resultados de las pruebas SABER 11 incorporados para la versión 2010 a los puntajes en el Índice Sintético de Calidad Educativa, ISCE en todos los niveles ofrecidos, desarrollando lo establecido en el literal e) del artículo 2.3.2.2.4.2. del Decreto 1075 de 2015.

Proceso de evaluación institucional

Los rectores envían todos los años, a la secretaría de educación correspondiente los resultados de la autoevaluación del servicio e información financiera, avaladas por su Consejo Directivo.

El proceso se hace con la orientación de la Guia 4, y a través de la aplicación EVI, sesenta días antes de iniciar el proceso de matrículas, en los siguientes formularios:

  • 1A para la caracterización del servicio en establecimientos de educación básica.
  • 1B para la caracterización del servicio en establecimientos de educación preescolar.
  • 1C para establecimientos de educación de adultos.
  • Los establecimientos certificados o acreditados no diligencian formularios, sino anexan copia de la certificación o acreditación
  • Formulario 2, en el que se reporta la información financiera

El reporte de la autoevaluación es obligatorio, usando la mencionada aplicación, según establece la Directiva 21 de 2009.

Los proyectos de establecimientos nuevos diligencian manualmente y radican en la secretaría el formulario 1D para la caracterización del servicio en establecimientos nuevos de educación preescolar, básica y media, junto con los demás requisitos.

De acuerdo con la mencionada evaluación cada establecimiento educativo se clasifica en un régimen particular, así:

  • Si obtiene altos puntajes o está certificado o acreditado en calidad, se clasifica en Libertad Regulada,
  • Si obtiene puntajes intermedios, en Libertad Vigilada
  • Si obtiene bajos puntajes, si no ofrece el número establecido de horas al año, si no cumple con disposiciones sanitarias, de seguridad social o contables, si no entrega su autoevaluación o su información estadística de estudiantes matriculados, si se clasifica en Inferior o Muy Inferior en SABER 11, si no ofrece conexión a internet a sus estudiantes, o si es sancionado se clasifica en Régimen Controlado.

La clasificación en los distintos regímenes implica distintas reglas de juego para fijar las tarifas, como puede verse aquí.

La Secretaría de Educación complementa la autoevaluación de los establecimientos educativos con un plan de visitas para evaluación externa. De acuerdo con los resultados de todo lo anterior, emite todos los años una resolución de clasificación y tarifas para cada colegio y debe entregarla antes de la fecha de matrícula de los establecimientos educativos.

Los establecimientos educativos y las secretarías de educación tienen los siguientes apoyos:

  • La aplicación EVI en el módulo para colegios tiene ayuda en línea, marcando el signo de interrogación frente a cada pregunta,
  • En la sección de cursos existe uno para manejar el módulo EVI de secretarías, que orienta los procesos de expedición de resoluciones, gestión de visitas y análisis de información, entre otros y otro de inducción a los funcionarios que incluye los procesos de evaluación institucional y tarifas, con una versión resumida para secretarios de educación y jefes de oficina jurídica.
  • Existen cursos virtuales para el mejoramiento, en particular, "Colegios de Avanzada" guía la planeación de planes de mejora a partir de las evaluaciones.
  • Una mesa de ayuda con línea gratuita nacional, teléfono en Bogotá y correo electrónico, para solucionar las dudas y problemas de establecimientos y secretarías usuarios del aplicativo de evaluación institucional, EVI. Los datos de contacto se encuentran al ingresar a la aplicación EVI.
  • La R.Ed. Privada contiene recursos y sitios de discusión especializados para funcionarios de las secretarías, directivos y docentes de los establecimientos educativos.

Normas Vigentes

  • Resolución N° 18904 28 de Septiembre de 2016. Por la cual se ajusta el Manual de Evaluación y Clasificación de Establecimientos Educativos Privados. y se establecen los parámetros para la fijación de las tarifas de matrícula y pensiones del servicio de educación preescolar. básica y media prestado por dichos establecimientos para el año escolar que inicia en el 2017
  • Decreto 2253 de 1995:Referente a los alcances, términos y condiciones del proceso de evaluación y clasificación para cada año académico.

    Nota: por sentencia del Consejo de Estado se declara nula la exigencia del voto afirmativo de los padres de familia establecido en el artículo 15. Consúltela a continuación:

Resultados de la Evaluación Institucional

Las secretarías de educación del país son las responsables de gestionar la evaluación institucional y la fijación de tarifas en los establecimientos educativos privados del país.
Consulte la clasificación de los establecimientos educativos privados del país, a partir de la información registrada en la aplicación EVI por los establecimientos educativos privados.

En una hoja para cada departamento se presenta, la clasificación de los establecimientos educativos privados, resultante de su autoevaluación institucional. Tenga en cuenta lo siguiente:

  • En la columna "Régimen", para Libertad Vigilada aparece al final una V seguida de un número, los cuales corresponden a la categoría dentro de este régimen, las cuales dependen del puntaje en la autoevaluación. La más alta categoría es V13. En las resoluciones de tarifas de cada año puede consultar el valor máximo que un establecimiento puede cobrar en cada régimen.
  • La columna "Motivo" contiene las causales por las que un establecimiento se clasifica en un régimen. Cuando contiene "pregunta", seguida de un número, corresponde al indicador contenido en la correspondiente pregunta del Manual de Autoevaluación. Por ejemplo, si aparece "pregunta 9", significa que el establecimiento se clasificó en Régimen Controlado porque no tiene afiliados a la seguridad social a todos sus empleados.

Para cualquier aclaración, diríjase a la secretaría de educación correspondiente. Consulte aquí el directorio de las secretarías de educación certificadas en el país.

Si, para fines de investigación requiere información, puede solicitar a través del sistema de atención al ciudadano que encuentra en este mismo sitio web, los datos requeridos. Indique, del archivo que encuentra a continuación, que variables requiere, para que entidad o persona, e indique para que serán usados. Estos se entregarán anonimizados.

Manuales anteriores

Consulte en el siguiente vínculo todas las versiones de los manuales de evaluación institucional que el Ministerio ha expedido y se han aplicado desde 1995, cuando se expidieron por primera vez las orientaciones nacionales para la autoevaluación institucional, hasta la fecha; junto con las normas por las que se adoptaron y la explicación de los cambios que cada uno de ellos presenta frente a la versión anterior.

Consulte los Manuales Anteriores.

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