
ABC de la Ley 2555 del 2 de diciembre de 2025 Ley "Artes al Aula"
Actualizado: 03 de junio de 2026
MEDIDAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE HERRAMIENTAS PEDAGÓGICAS DE LAS ARTES Y LA CULTURA Y DE LA TRANSDISCIPLINARIEDAD EN LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PARA FORTALECER LAS COMPETENCIAS Y LOS PROCESOS DE ENSEÑANZA Y APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES - "ARTES AL AULA""
La Educación Artística y Cultural en la escuela se vivirá no sólo como un campo del conocimiento por enseñar, aprender o como una experiencia estética, sino como eje transversal pertinente a cada contexto, curso de vida, pluralidad étnica y multiculturalidad del país.
Objetivo:
Diseñar una política pública que permita la implementación de la Educación Artística y Cultural, con enfoque intercultural e interdisciplinar desde propuestas pedagógicas transversales en las escuelas oficiales del país, con especial atención a contextos rurales, grupos étnicos y zonas de difícil acceso.
- Formación integral: Implementar propuestas pedagógicas orientadas al fortalecimiento integral del ser, promoviendo de manera articulada el desarrollo de sus dimensiones, capacidades, aprendizajes y competencias en niños, niñas y adolescentes.
- Transversalidad: Enfoque pedagógico que integra el arte y la cultura de manera articulada en el currículo de la educación preescolar, básica y media, en relación con otras áreas del conocimiento, potenciando su aporte a la formación integral, sin sustituir el carácter de la Educación Artística como área fundamental y obligatoria.
- Política Pública: Ordena su formulación liderada por los Ministerios de Educación Nacional y de las Culturas, las Artes y los Saberes para definir una ruta de acción y recursos a todo nivel para su implementación.
Para qué sirve:
Para que el arte y la cultura, se conviertan en eje transversal del proceso pedagógico y curricular, mediante propuestas que fortalecen la formación a docentes, integrando los actores del sector cultural al sistema educativo nacional, facilitando la articulación de la escuela y la comunidad, y que los niños, niñas y adolescentes, fomenten su creatividad, el desarrollo de competencias socioemocionales, la paz, el reconocimiento de los saberes del territorio y la multiculturalidad, además del goce estético y de sus derechos culturales.
Asimismo, contribuye a la implementación de propuestas pedagógicas situadas y con enfoque transdisciplinario, al fortalecimiento de la permanencia escolar y a la consolidación de procesos educativos pertinentes, inclusivos y contextualizados en los distintos territorios del país.
Clave:
- La Educación Artística y Cultural es un área fundamental de la enseñanza en Colombia (Ley 115 de 1994, Artículo 23) y con la Ley 2555 de 2025 trasciende a convertirse en eje que transversaliza el arte y la cultura en la escuela facilitando el fortalecimiento de la formación integral, es decir desde todas las dimensiones del se.
- La Educación Artística y Cultural es un área fundamental de la enseñanza en Colombia (Ley 115 de 1994, Artículo 23), que con la Ley 397 de 1997 fortalece la relación entre educación y cultura como eje para la formación ciudadana y amplía su enfoque hacia lo cultural, territorial e identitario, y su concepción hacia la Educación Artística y Cultural.
- También, el decreto 458 de 2024 crea el SINEFAC, que promueve la articulación entre los sectores educativo y cultural y el reconocimiento de la diversidad y los saberes territoriales.
- La Ley 2555 de 2025 consolida el arte y la cultura como eje transversal en la escuela y la comunidad, aportando al fortalecimiento de competencias y a la formación integral de niñas, niños y adolescentes.
Qué aspectos busca resolver esta Ley:
- Pedagógico y Curricular: Define el enfoque pedagógico para la implementación de la política, incorporación de la política "Artes al Aula" en el currículo, Orientaciones en Educación Artística y Cultural, formación integral, transversalidad y prácticas pedagógicas.
- Formación del Talento humano (formación a docentes): Definición del sistema de formación, vinculación y sostenibilidad del talento humano en Educación Artística y Cultural, articulado con enfoques pedagógicos y territoriales.
- Reconocimiento a la Interculturalidad: enfoques diferencial y territorial para la atención a poblaciones de especial protección constitucional (pueblos indígenas, comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, pueblo Rrom, comunidades rurales, pesqueras y campesinas): Garantía de derechos culturales, integración cultural, reconocimiento a la cultura, identidad y saberes, cobertura, acceso y pertinencia territorial.
- Sistema de Evaluación y monitoreo: Define un sistema de seguimiento para la sostenibilidad.
Beneficios:
- Para los estudiantes: Fomenta el pensamiento crítico, la creatividad, la empatía y las dimensiones del ser, promoviendo el reconocimiento y el sentido de pertenencia por las tradiciones, la multiculturalidad y la diversidad étnica.
- Para los docentes: Impulsa el diseño de planes educativos específicos para formar a los maestros. Impulsa la cualificación y el diseño de prácticas pedagógicas situadas, favoreciendo la innovación curricular, el trabajo colaborativo y la integración del arte y la cultura en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
- Para los sectores de Educación y Culturas: Articula su gestión desde diversos mecanismos, especialmente, con el Sistema Nacional de Educación Artística y Cultural (SINEFAC) para coordinar las acciones en todo el territorio.
- Para el territorio: Prioriza a las instituciones educativas en zonas rurales o con mayores brechas de cobertura, garantizando que el acceso en los territorios más alejados.
- Para poblaciones de especial protección constitucional: Reconoce, valora e integra los saberes propios, la diversidad cultural y étnica del país, promoviendo el respeto, la inclusión y el ejercicio de los derechos culturales.
Cómo se construye:
Es un proceso de trabajo conjunto entre los Ministerios de Educación Nacional y de las Culturas, las Artes y los Saberes, basado en una estrategia de participación que recoge los aportes, experiencias y saberes de los docentes de educación artística, los creadores, los sabedores, entre otros actores sectoriales para nutrir la formulación de esta política pública.
Principios rectores de la Ley 2555
- Las artes y la cultura como eje transversal para el fortalecimiento pedagógico de las competencias.
- Las artes y las culturas como medio y fin de las dimensiones formativas del ser, en función de la creación de sentido.
- La interpretación y/o comprensión como dimensión país o entender el papel de todos en la escuela y la sociedad.
- Reconocimiento del universo cultural y artístico de la escuela y la comunidad para el fortalecimiento de vínculos.
- El interés y la participación como procesos de apropiación para dar sentido a los vínculos pedagógicos y posibilitar la experiencia.
- El fomento de la apropiación artística y cultural de los estudiantes dentro y fuera del aula.
- La investigación en artes y cultura en el ámbito escolar como un incentivo para la generación de nuevo conocimiento desde el ejercicio de la docencia.
- La valoración de la identidad cultural para que los estudiantes desarrollen un sentido de pertenencia y aprecio por sus propias tradiciones, lenguas, costumbres y formas de expresión cultural.
- El respeto y la inclusión de la diversidad étnica y cultural como elementos fundamentales en el proceso pedagógico.



