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Ley Artes al Aula - Esencia de país

Actualizado: 04 de junio de 2026

El Ministerio de Educación Nacional trabaja en el diseño y formulación de una política pública para la implementación de prácticas pedagógicas de las artes y las culturas en el aula, mediante acciones articuladas y coordinadas con el Ministerios de las Culturas, las Artes y los Saberes, que permita seguir avanzando en un sistema educativo que reconoce, fortalece y crea el marco normativo y programas, estrategias y acciones encaminadas a garantizar el derecho a la Educación Artística y Cultural como lo manda la ley 2555 del 2 de diciembre de 2025 "Artes al Aula".

Este reto apalanca los avances que en educación preescolar, básica y media ha logrado el Gobierno del Cambio, así como nuestro objetivo de fortalecer la formación integral para que niños, niñas y adolescentes vean satisfechas sus potencialidades y necesidades gracias a una política educativa y cultural frente a las artes y las culturas que incorpora el enfoque intercultural desde propuestas pedagógicas en las instituciones educativas oficiales, especialmente en contextos rurales, étnicos y de difícil acceso.

Así el arte y la cultura se convierten en eje transversal del proceso pedagógico y curricular, fortalece la formación a docentes, integra los actores del sector cultural a los sistemas educativos nacionales, facilita la articulación de la escuela y la comunidad, y fomenta la creatividad, el desarrollo de competencias socioemocionales, la paz, el reconocimiento de los saberes de un territorio pluriétnico y la multiculturalidad en niños, niñas y adolescentes, además del goce estético y de sus derechos culturales.

Esta Ley busca resolver:

1. Pedagógico y Curricular: Define el enfoque pedagógico para la implementación de esta política "Artes al Aula" en el currículo, Orientaciones Educación Artística y Cultural, Formación Integral, transversalidad y prácticas pedagógicas.

2. Formación del Talento humano: Fortalecimiento del sistema de formación, vinculación y sostenibilidad del talento humano en Educación Artística y Cultural, desde el territorio.

3. Integración del enfoque diferencial y territorial para la atención a poblaciones de especial protección constitucional (pueblos indígenas, comunidades negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, pueblo Rrom, comunidades rurales, pesqueras y campesinas): Garantía de derechos culturales, integración cultural, identidad y saberes, cobertura, acceso y pertinencia territorial.

4. Reconocimiento a la Interculturalidad: Reconocimiento a las culturas, identidad y saberes.

5. Sistema de Evaluación y monitoreo: Define sistema de seguimiento para la sostenibilidad y mejora continua.


Ley Artes al Aula, educación artística y cultural, pedagogía curricular, formación talento humano, socializaciones