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El Ministerio de Educación Nacional orienta a las secretarias y directivos en el reporte y uso de los sistemas de información en lo relacionado con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras

El Ministerio de Educación Nacional orienta a las secretarias y directivos en el reporte y uso de los sistemas de información en lo relacionado con las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras

Actualizado: 09 de mayo de 2026

No es solo un trámite administrativo; es una herramienta de justicia social que permitirá al Estado identificar barreras de acceso a la educación y diseñar programas de permanencia específicos para las comunidades negras.

Bogotá D.C., 8 de mayo de 2026. Con la asesoría de la Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Negras, el Ministerio de Educación Nacional expidió la Circular 028 del 30 de abril de 2026, siendo la respuesta a la histórica demanda de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras para que sus estudiantes sean visibilizados de manera efectiva en las estadísticas gubernamentales del sector educativo, asegurando que su identidad sea la llave de acceso a políticas de equidad.

Solución a los problemas de autorreconocimiento

El Ministerio identificó que la ausencia de datos precisos limitaba la visibilidad estadística y frenaba la inversión en calidad y permanencia para estas poblaciones. Por ello, la Circular 028 establece:

  • Autorreconocimiento: Se reafirma el autorreconocimiento como el derecho del estudiante (o acudiente) a declarar su pertenencia a comunidades negras, afrocolombianas, raizales o palenqueras de forma voluntaria, verbal o escrita.
  • Soportes documentales: Para dar mayor solidez al registro, se oficializa el uso de documentación adicional que soporte la pertenencia a comunidades negras, afrocolombianas, raizales o palenqueras, tales como certificaciones de Consejos Comunitarios y otras expresiones organizativas debidamente registradas ate el Ministerio del Interior.
  • Fin de la invisibilidad estadística: Al orientar sobre el proceso de reporte en sistemas como el SIMAT (colegios) y el SNIES (universidades), el Gobierno Nacional garantiza que estos estudiantes cuenten efectivamente en las bases de datos que definen la asignación de recursos y beneficios.
  • Lucha contra la discriminación: Se prohíbe a cualquier funcionario o directivo docente cuestionar indebidamente el autorreconocimiento o incurrir en prácticas de racismo durante el proceso de matrícula.

Impacto en los territorios

Esta circular no es solo un trámite administrativo; es una herramienta de justicia social que permitirá al Estado identificar barreras de acceso a la educación y diseñar programas de permanencia específicos para las comunidades negras.

"Contar con información confiable es el primer paso para que los beneficios lleguen a quienes históricamente han sido invisibilizados", señala la directriz ministerial, que insta a las Secretarías de Educación y a las Instituciones Educativas de Preescolar, Básica, Media y Superior, a implementar estas acciones de manera inmediata.

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