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MinEducación solicita aclaración sobre candidatura a rectoría en la Universidad del Atlántico

Educación superior, inspección y vigilancia

Actualizado: 29 de octubre de 2025

El Ministerio de Educación Nacional, a través de la Subdirección de Inspección y Vigilancia, ha emitido un requerimiento formal dirigido al Consejo Superior Universitario y al Comité de Credenciales de la Universidad del Atlántico, solicitando una aclaración inmediata sobre la habilitación del señor Leyton Daniel Barrios Torres como candidato al cargo de rector para el periodo 2025–2029.

Bogotá D.C., 27 de octubre de 2025. La solicitud se basa en denuncias recibidas para al proceso de elección y designación del rector, entre estas por parte del sindicato SINTRAUDEA, en la que se advierte sobre presuntas irregularidades en la acreditación de los requisitos exigidos por el Estatuto General de la Universidad. En particular, se cuestiona si el señor Barrios cumple con el requisito de haber ejercido funciones docentes universitarias o administrativas en cargos directivos por un mínimo de cuatro años, como lo establece el artículo 29 del Acuerdo Superior No. 000001 del 23 de julio de 2021.

Según la denuncia, existen certificaciones contradictorias emitidas por la Corporación Universitaria Americana sobre el vínculo laboral del señor Barrios. La institución aclaró que su participación fue bajo la modalidad "ad honorem", es decir, sin contrato formal ni remuneración, y que las actividades desarrolladas correspondían a programas de extensión y proyección social, en el marco de lo establecido por la Ley 30 de 1992.

Aunque estas actividades son válidas y reconocidas dentro del sistema de educación superior, el Ministerio aclara que no constituyen docencia universitaria formal, entendida como el ejercicio sistemático de enseñanza-aprendizaje en programas académicos de educación superior. Además, el estatuto docente de la Corporación Universitaria Americana no contempla la figura de "docente ad honorem", lo que genera dudas sobre la validez de dicha experiencia como requisito para aspirar a la rectoría.

A lo anterior, el ministerio solicita de manera inmediata aclarar las razones jurídicas y fácticas con base en las cuales se habilitó la participación del señor Leyton Daniel Barrios Torres, quien presuntamente no cumpliría con los requisitos del Acuerdo Superior No. 000001 del 23 de julio de 2021.

Asimismo, recuerda que, conforme a la Ley 1740 de 2014, la entidad tiene la facultad de verificar que las actuaciones de las instituciones de educación superior se ajusten a la ley y a sus propios estatutos, y que puede solicitar la cesación de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico. De confirmarse el incumplimiento de los requisitos, podría imponer sanciones administrativas a los directivos, representantes legales, consejeros, administradores o cualquier persona que haya participado en la habilitación del candidato, siempre respetando el debido proceso establecido por la Ley 30 de 1992.

Este requerimiento se enmarca en el compromiso del Ministerio de Educación Nacional por garantizar la transparencia, legalidad y calidad en los procesos de elección de autoridades universitarias.

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