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Garantías para la protesta social del Magisterio en las jornadas de movilización

Garantías para la protesta social del Magisterio en las jornadas de movilización, men, mineducacion, ministerio del trabajo

Actualizado: 10 de junio de 2025

Bogotá D.C., 10 de junio de 2025. En un momento en que la sociedad y el sistema educativo en Colombia enfrentan desafíos significativos, es fundamental recordar y reafirmar el derecho a la protesta y manifestación pacífica como herramienta legítima para expresar demandas y reivindicaciones sociales. Como educadores, el magisterio colombiano tiene un papel crucial en la formación de ciudadanos críticos y comprometidos con la justicia social.

Como Ministerio de Educación Nacional reiteramos el llamado hecho por el Ministerio del Trabajo mediante Circular 40011 del 27 de mayo de 2025, en el sentido de que la huelga como derecho Constitucional consagrado en el artículo 56 de la Constitución Política se traduce en la facultad que tienen los trabajadores de manifestarse frente a los empleadores o las instituciones del Estado, mediante la suspensión colectiva del trabajo, para lograr que se resuelvan de manera favorable sus intereses económicos, sociales y políticos relacionados con el trabajo.

Hacemos un llamado a las entidades territoriales a respetar el ejercicio del derecho a la huelga, y a abstenerse de impedir o sancionar su ejercicio por parte del magisterio colombiano, so pena de encontrarse vulnerando la libertad sindical protegida por el derecho internacional de los derechos humanos.

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