Eliminación documental
Actualizado: 21 de diciembre de 2022
Dando cumplimiento con lo establecido por el Archivo General de la Nación, en el Acuerdo 046 de 2000 "Por el cual se establece el procedimiento para la eliminación documental", y el Acuerdo 004 de 2019 en el artículo 22. Eliminación de documentos, así como lo definido en la Ley 1712 de 2014 Ley de Transparencia que establece en su artículo 11, literal j, que deben ser publicados de manera proactiva los Activos de Información, previo al proceso de eliminación documental, la entidad deberá publicar el inventario de los documentos que han cumplido su tiempo de retención y que en consecuencia pueden ser eliminados, en el sitio web o, en su defecto, en los medios de divulgación existentes, por un periodo de sesenta (60) días hábiles, para que los ciudadanos puedan enviar sus observaciones sobre este proceso a la entidad y al Archivo General de la Nación Jorge Palacios Preciado.
inicio acordeón
2022
El Ministerio de Educación Nacional presenta a la ciudadanía el inventario de los documentos que han cumplido su tiempo de retención según las Tablas de Retención Documental.
El Acta de Eliminación de Documentos y el inventario de los documentos que serán eliminados, permanecerán publicados en la página web de la entidad, del 05 de julio al 28 de septiembre de 2022, para su consulta y observaciones.
2021
El Ministerio de Educación Nacional presenta a la ciudadanía el inventario de los documentos que han cumplido su tiempo de retención según las Tablas de Retención Documental.
El Acta de Eliminación de Documentos y el inventario de los documentos que serán eliminados, permanecerán publicados en la página web de la entidad, del 19 de agosto al 18 de septiembre de 2021, para su consulta y observaciones.