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Política de Gratuidad "Puedo Estudiar"

Actualizado: 08 de marzo de 2024

La nueva Política de Gratuidad "Puedo Estudiar" es un eje de acción de la estrategia "Universidad en tu Territorio".

Este enfoque no solo busca eliminar barreras económicas para el acceso a la Educación Superior (ES), sino que también representa un compromiso con el empoderamiento académico de la comunidad.

https://www.youtube.com/watch?v=RmSTsjbqjVk


ABC de la implementación de la Política de Gratuidad en la Matrícula en IES públicas para el periodo 2024-1

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Características de la nueva Política de Gratuidad 'Puedo Estudiar'

1. Antes, el estudiante tenía que estar registrado en la base certificada del Sisbén IV o demostrar su pertenencia a comunidades indígenas o a la población víctima del conflicto armado. Ahora, pueden acceder demostrando que cumplen con alguno de estos requisitos:

A. Estrato socioeconómico 1, 2, 3, aunque será potestad de cada Institución de Educación Superior aceptar el ingreso de otros estratos socioeconómicos, en el marco de la autonomía universitaria.

B. Se priorizan los integrantes de pueblos étnicos: población indígena, pueblo Rrom, Comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.

C. Población víctima del conflicto armado.

D. Población en condición de discapacidad.

E. Comunidades campesinas.

F. Población privada de la libertad.

G. Grupos A, B o C del Sisbén IV, en cualquiera de sus subgrupos.
En Colombia, el 95% de los estudiantes del país reside en viviendas de estratos 1, 2 y 3, o en zonas rurales. Sin embargo, es preciso aclarar que si los estudiantes no cuentan con esta condición socioeconómica, pero sí cumplen con alguno de los requisitos señalados anteriormente, también podrán acceder a la nueva Política de Gratuidad 'Puedo Estudiar'.

2. Antes, el estudiante debía tener entre 14 a 28 años. Ahora, no hay límite de edad.

3. Antes, se requería tener nacionalidad colombiana. Ahora, el beneficio se amplía para ciudadanos extranjeros.

4. Antes, se permitía máximo hasta dos periodos de aplazamiento. Ahora, tendrán la posibilidad de aplazar sin límite de periodos, entendiendo las condiciones particulares de cada estudiante.

5. Antes, los estudiantes con títulos de postgrados técnicos o tecnológicos no podían acceder al beneficio. Ahora, estos estudiantes sí podrán obtener los beneficios de la nueva Política de Gratuidad.

6. Antes, no había periodos adicionales a los requeridos regularmente para finalizar el programa académico. Ahora, se otorgan hasta 2 periodos adicionales para garantizar la terminación efectiva, entendiendo que en ocasiones los estudiantes lo requieren por situaciones extraordinarias. Esta es una medida que está dirigida a promover la permanencia y graduación.

7.Antes, los giros a las Instituciones de Educación Superior se hacían a través del ICETEX. Ahora, la transferencia de recursos a las Instituciones de Educación Superior públicas las realizará directamente el Ministerio de Educación Nacional, optimizando tiempo y recursos.

8. La Política de Gratuidad 'Puedo Estudiar' ahora está administrada por una Junta, que será la máxima instancia de planeación, organización, seguimiento y control de la Política, velará por la gestión eficiente de los recursos y promoverá acciones para su sostenibilidad financiera.

¿Cuál es el paso a paso para acceder a los beneficios de la Política de Gratuidad 'Puedo Estudiar'?

El paso a paso es muy sencillo:

  • El estudiante debe dirigirse a una de las 67 Instituciones de Educación Superior públicas del país, elegir un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), ser admitido por la institución y matricularse.
  • La Institución se encargará de registrar al estudiante en el Sistema Nacional de Información de Educación Superior-SNIES.

¿Hasta cuándo los estudiantes se pueden matricular?

Los calendarios académicos son particulares para cada institución, así como los tiempos que destinen para los procesos de matrícula. Desde el Ministerio de Educación Nacional les invitamos a consultar directamente con la institución de su interés.

¿Qué pasará con los estudiantes beneficiarios de programas anteriores?

Conforme a lo establecido en el Decreto 1667 de 2021, a los estudiantes beneficiarios de políticas anteriores como Matrícula Cero, Generación E componente de Equidad o del Fondo Solidario para la Educación en la línea de "Auxilio económico para el pago de la matrícula de los jóvenes en condición de vulnerabilidad en instituciones de educación superior pública", se les garantizará la continuidad, con los anteriores requisitos.

¿Qué normas rigen la actual Política de Gratuidad en la Matrícula?

La implementación de la Política de Gratuidad en la Matrícula para el 2024 se orienta por las disposiciones y procedimientos establecidos en la Ley 2307 del 31 de julio de 2023, el Decreto 2271 del 29 de diciembre de 2023 y el Reglamento Operativo del 17 de enero de 2024, en donde se fijan los requisitos de acceso y renovación del beneficio, los procesos de validación y giro de recursos, entre otros aspectos fundamentales.

¿Cuáles son los requisitos de acceso para ser beneficiario (a) de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

Para ser beneficiario(a) de la Política de Gratuidad en la Matrícula los estudiantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Estar matriculado(a) en un programa académico de pregrado (técnico profesional, tecnológico o universitario), en alguna de las 67 Instituciones de Educación Superior (IES) públicas y estar registrado en el SNIES.
  2. No tener título profesional universitario.
  3. Demostrar la pertenencia a alguno de los siguientes grupos:
  1. Estrato socioeconómico 1, 2, 3 o sin estrato.
  2. Población indígena.
  3. Población Rrom.
  4. Comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras.
  5. Población víctima del conflicto.
  6. Población con discapacidad.
  7. Comunidades campesinas.
  8. Población privada de la libertad.
  9. Grupos A, B o C del Sisbén IV, en cualquiera de sus subgrupos.

La pertenencia a los anteriores grupos poblacionales se validará por las Instituciones de Educación Superior públicas así:

  1. El estrato socioeconómico de acuerdo con el recibo de servicio público del núcleo familiar del estudiante.
  2. Las poblaciones indígenas, Rrom, comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, mediante certificado expedido por el Ministerio del Interior.
  3. La población víctima del conflicto mediante la presentación del certificado del Registro Único de Víctimas de la Unidad para la Atención y Reparación Integral de las Víctimas-UARIV.
  4. Las comunidades campesinas mediante la presentación del diploma de bachiller otorgado por una institución educativa ubicada en una zona rural del país clasificado por el Directorio Único Educativo -DUE.
  5. La población privada de la libertad, mediate la certificación expedida por el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC.
  6. Sisbén mediante la presentación del certificado del Departamento Nacional de Planeación.

¿Qué otras consideraciones se tienen para estos requisitos de acceso?

Se considera que un(a) estudiante está matriculado(a) cuando ha cumplido los requisitos académicos y financieros establecidos en los reglamentos de las instituciones de educación superior públicas respectivas.

Los programas de posgrado hacen referencia a aquellos de nivel de especialización, maestría y doctorado.

Los(as) estudiantes que recibieron el beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula durante las vigencias 2022 y 2023, ya sea a través del Fondo Solidario para la Educación (FSE) o del componente de Equidad del programa Generación E, mantendrán el beneficio siempre y cuando no hubieran obtenido un título de profesional universitario, sin que deban demostrar que pertenecen a uno de los grupos poblacionales detallados en el anterior punto.

Asimismo, tendrán la posibilidad de continuar sus estudios dado que la Política de Gratuidad en la Matrícula reconocerá entre uno a dos periodos más para cubrir el rezago académico que llegaren a presentar.

¿A quiénes se les valida los requisitos de acceso?

La validación de los requisitos de acceso solo se realiza a los estudiantes que no son beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula.

En este sentido, los estudiantes que adquirieron el beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula no deben validar periodo a periodo los requisitos descritos.

El Ministerio de Educación Nacional informará a las IES las fechas de corte de los procesos de validación para el otorgamiento del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula.

¿En qué consiste el beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

El beneficio que se otorga en el marco de la Política de Gratuidad en la Matrícula consiste en el pago del valor de la matrícula ordinaria neta de los estudiantes de programas pregrado de las IES públicas.

La matrícula ordinaria neta corresponde al valor inicialmente liquidado por las IES públicas por concepto de matrícula, menos la aplicación de los descuentos o apoyos a los que el estudiante tenga derecho tales como: votaciones por sufragio electoral, becas, apoyos de las entidades territoriales y de las mismas instituciones de educación superior públicas u otras fuentes o conceptos. Este valor no incluye el pago de derechos pecuniarios por cursos intersemestrales, derechos de grado, cobros complementarios, extraordinarios, extemporáneos, administrativos, ni ningún otro derecho pecuniario o concepto que no esté explícitamente contemplado en el Reglamento Operativo vigente.

¿Cómo se renueva el beneficio?

Para renovar el beneficio el Ministerio de Educación Nacional validará cada semestre la relación de beneficiarios(as) antiguos de la Política de Gratuidad en la Matrícula, frente al reporte en la plantilla de caracterización y frente al reporte de la plantilla de graduados que cargan las IES en el SNIES en cada periodo académico.

En este sentido, podrán renovar el beneficio aquellos (as) estudiantes beneficiarios(as) de la Política de Gratuidad que sean reportados como matriculados en una de las 67 IES públicas del país, y que no incurran en una de las causales de terminación del beneficio.

El Ministerio de Educación Nacional informará a las IES las fechas de corte de los procesos de validación para la renovación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula.

¿Cuáles son las causales de la terminación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

Las siguientes son las causales de terminación del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula:

  1. Por cumplimiento de la duración del beneficio según el Reglamento Operativo vigente.
  2. Cuando el beneficiario(a) haya accedido a la Política de Gratuidad en la Matrícula con información no veraz, o con documentos adulterados.
  3. Cuando pierda la condición de estudiante de acuerdo con los reglamentos internos de las IES, situación que estas informarán al Ministerio de Educación Nacional a través de la plantilla de caracterización del Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES.
  4. Obtener un título de profesional universitario.
  5. Por fallecimiento del estudiante.

Es de aclarar que los estudiantes podrán aplazar sus estudios sin que esto afecte la continuidad del beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula, siempre que conserven la condición de estudiante conforme a los reglamentos de las IES públicas respectivas.

¿Cuánto dura el beneficio de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

Para determinar la duración del beneficio, la IES reportará en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior - SNIES la información de créditos académicos, con la cual el Ministerio de Educación Nacional calculará el número de periodos que le faltan para concluir el programa académico de acuerdo con el registro calificado, atendiendo la siguiente metodología:

(A): Total de créditos del programa de formación

(B): Total de créditos aprobados por el estudiante al periodo académico anterior

(C): Promedio de créditos que se matriculan por cada periodo académico según el plan de estudios

Una vez la IES reporte en el SNIES la información anterior, el Ministerio de Educación Nacional calculará el número de periodos a financiar a través de la siguiente fórmula matemática:

Número de periodos a financiar = (A-B) / C

Si el resultado es un número con decimales se redondeará al entero mayor.

La duración del beneficio se entenderá como el número de periodos a financiar que resulta de la formula anterior y su cálculo se realizará por una única vez en el periodo académico en el cual se asigna el beneficio a cada estudiante.

Con el fin de promover la permanencia y graduación, la Política de Gratuidad en la Matricula cubrirá por rezago académico u otras figuras asociadas a la finalización del plan de estudios del programa, hasta un (1) periodo académico adicional para formación técnica y tecnológica y hasta dos (2) periodos académicos adicionales para formación profesional a los establecidos mediante la metodología descrita anteriormente.

Los periodos adicionales también se habilitarán a partir del 2024 para los(las) estudiantes que han sido beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula en alguno de los semestres de las vigencias 2022 o 2023 mediante el componente de Equidad del programa Generación E y del Fondo Solidario para la Educación.

Las disposiciones del reglamento operativo del 17 de enero de 2024 aplican desde el momento de su expedición y en ningún caso son retroactivas, por lo que no se cubrirá el pago de la matrícula neta de periodos adicionales realizados durante las vigencias 2022 y 2023.

Los(as) beneficiarios(as) de programas técnicos o tecnológicos que hayan culminado la duración del beneficio, podrán acceder hasta por dos veces más a la Política de Gratuidad en la Matrícula solamente para cursar un (1) programa de pregrado de un nivel de formación diferente al financiado inicialmente, caso en el cual deberá cumplir con la totalidad de los requisitos de acceso y condiciones vigentes en el reglamento operativo 2024.

Los periodos académicos cuyo valor de matrícula es igual a cero no se contarán como un periodo financiado.

¿Cómo podrán mantener la gratuidad en la matrícula, una vez asignado el beneficio?

Resulta muy importante tener en cuenta que los requisitos de acceso de los estudiantes solo se validan al momento de la asignación del beneficio. Por este motivo, una vez asignado el beneficio, los estudiantes podrán mantener la gratuidad en la matrícula, sin restricción de la edad o condición socioeconómica, siempre que cumplan los requisitos y procesos de renovación durante su proceso de formación y no incurran en las causales de terminación del beneficio.

¿Los estudiantes beneficiarios pueden cambiar de programa de formación o de IES?

Sí. Los beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula podrán cambiar de IES y/o programa académico atendiendo a las disposiciones que en dicha materia contemplen las IES, sin que esto afecte la continuidad del beneficio. Para que el cambio de programa o de IES se efectúe, la IES a la cual cambió o desea cambiar deberá reportarlo como matriculado en el SNIES. Cada cambio que realice el estudiante acumulará los periodos ya financiados. En este sentido, a los periodos académicos a financiar, una vez el estudiante realice el cambio, se le descontará los periodos académicos ya financiados.

Frente al cambio de programa de pregrado en un nivel de formación diferente al financiado inicialmente, se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:

  1. Si el cambio se realiza a un programa con mayor número de periodos académicos, se habilitarán los periodos adicionales de acuerdo con lo establecido en el registro calificado del nuevo programa.
  2. Si el cambio se realiza a un programa con menor número de periodos académicos, se disminuirán los periodos aprobados inicialmente en función del registro calificado del nuevo programa.

En cualquier caso, los cambios de IES o programas solo podrán realizarse entre IES públicas.

¿Cuáles son las responsabilidades de los estudiantes beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula?

Los beneficiarios de la Política de Gratuidad en la Matrícula tendrán las siguientes responsabilidades:

  1. Brindarle a la IES pública oportunamente toda la información veraz y documentación que esta requiera para el acceso a la Política de Gratuidad de la Matrícula.
  2. Conocer y cumplir los estatutos y el marco normativo vigente de la institución de educación superior pública a la cual pertenece.
  3. Conocer y cumplir los lineamientos de la Política de Gratuidad en la Matrícula establecidos en la Ley 2307 del 2023, el Decreto Reglamentario 2271 de 2023 y su Reglamento Operativo.
  4. Acudir a la IES pública para las claridades que requiera sobre el acceso y resultados finales de la implementación de la Política de Gratuidad en la Matricula, manteniendo un lenguaje respetuoso y claro.
  5. Asumir los costos de los derechos pecuniarios diferentes a derechos de matrícula, de acuerdo con lo establecido en el artículo 122 de la Ley 30 de 1992 (derechos de inscripción, derechos de realización de exámenes de habilitación, derechos de grado, entre otros).
  6. Asistir a los espacios de acompañamiento integral y nivelación académica que brinde la IES pública; así como a todos los espacios que promuevan su bienestar y permanencia en la educación superior.

¿Cuáles son las Instituciones de Educación Superior Públicas en donde las personas interesadas se pueden matricular con la Política de Gratuidad 'Puedo Estudiar'?

Hacen parte de la Política de Gratuidad en la Matrícula las Instituciones Técnicas Profesionales, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias o Escuelas Tecnológicas y Universidades públicas del país vinculadas o adscritas presupuestalmente al sector de educación, las cuales se relacionan a continuación:

Instituciones de Educación Superior Públicas - Política de Gratuidad 'Puedo Estudiar'

*El listado contine más de 67 Instituciones de Educación Superior públicas porque se han agregado las seccionales para que los interesados tengan una información más completa.

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