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Preguntas Frecuentes

Actualizado: 08 de marzo de 2024

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1. ¿Los trámites de matrícula, registro o traslados en los establecimientos educativos oficiales públicos tienen algún costo?

No. Todos los trámites que se realizan en los establecimientos educativos oficiales públicos como: inscripciones, matrículas, traslados y retiros, entre otros, son totalmente gratuitos.

2. ¿Dónde y cómo debo realizar el proceso de matrícula?

Este proceso únicamente se realiza cuando el estudiante se encuentra retirado del sector oficial y no ha estados por fuera del sistema educativo por más de dos años. El trámite es muy sencillo y gratuito. El padre de familia o acudiente debe acercarse al colegio público más próximo a su lugar de residencia, allí solicita el cupo en el grado que vaya a cursar el estudiante y entrega los documentos que le sean requeridos para formalizar su matrícula. En caso de que el establecimiento educativo no cuente con cupos disponibles, deberá dirigirse a la respectiva secretaría de educación para que ésta ubique un cupo en otra institución.

3. ¿En qué casos debo realizar un trámite de inscripción?

La inscripción únicamente se puede realizar para el sector oficial, y se debe tramitar cuando el estudiante:

  • Proviene del sector privado.
  • Demuestra haber estado por fuera del sistema educativo 2 o más años.
  • Ingresa por primera vez al sector oficial.
  • Proviene del programa para la primera infancia.

4. ¿Dónde y cómo debo realizar el proceso de inscripción?

El trámite es muy sencillo y gratuito. El padre de familia o acudiente debe acercarse al colegio público más próximo a su lugar de residencia, allí solicita el cupo en el grado que vaya a cursar el estudiante y entrega los documentos que le sean requeridos para formalizar su matrícula. En caso de que el establecimiento educativo no cuente con cupos disponibles, el rector o quien haga sus veces puede inscribir al estudiante en otros establecimientos educativos para lo cual puede tener en cuenta criterios como:

  • Establecimientos educativos oficiales cercanos al lugar de residencia del alumno.
  • Establecimientos educativos oficiales cercanos al lugar de trabajo del acudiente.
  • Establecimientos educativos oficiales donde se encuentren matriculados hermanos o familiares de estudiante.
  • Establecimientos educativos oficiales que indique el padre de familia.

Es importante indicar que, la inscripción no garantiza la asignación del cupo en los establecimientos educativos oficiales seleccionados, en caso de no existir disponibilidad de cupo la secretaría de educación se contactará con el acudiente del estudiante para continuar con el proceso de asignación y matrícula.

5. ¿Hasta cuándo hay plazo para matricular a mis hijos?

Cada Secretaría de Educación establece un cronograma para llevar a cabo todas las actividades relacionadas con la matrícula de los estudiantes en los establecimientos educativos y el inicio del calendario escolar (inicio de clases), para ello, es importante que las personas interesadas en un cupo escolar consulten la información a través de los diferentes medios dispuestos por la respectiva Secretaría de Educación o pueden dirigirse a los establecimientos educativos para obtener información, sin embargo, para casos excepcionales, los establecimientos educativos que cuenten con disponibilidad de cupos deben matricular a los niños, niñas y adolescentes que soliciten atención escolar en cualquier momento del año, aplicando los criterios de evaluación de estudiantes definidos el en Proyecto Educativo Institucional (PEI).

6. ¿Qué puedo hacer si no encuentro cupo cercano a mi residencia tanto en el establecimiento educativo o en la Secretaría de Educación?

Si no existe disponibilidad de cupos en el (los) establecimiento (s) educativo (s) de su preferencia, la Secretaría de Educación está en la obligación de brindarle alternativas que garanticen su acceso al sistema educativo oficial.

7. ¿Qué debo hacer para solicitar un traslado?

El padre de familia o acudiente debe solicitar el traslado directamente en el establecimiento educativo donde se encuentra matriculado el estudiante. Si la petición no es atendida, debe dirigirse a la respectiva Secretaría de Educación.

8. ¿Cómo verifico que mi hijo se encuentra formalmente matriculado y registrado en el sistema?

El establecimiento educativo le informará que el estudiante se encuentra debidamente matriculado una vez haya cumplido con el procedimiento y la documentación solicitada, además, tiene la competencia de expedir un documento físico que certifique la vinculación del estudiante en la institución.

9. Me he trasladado de ciudad y necesito el retiro del SIMAT. ¿Qué debo hacer?

Es responsabilidad de los establecimientos educativos registrar en el Sistema Integrado de Matrícula SIMAT los retiros (o cualquier tipo de novedad) cuando el padre de familia o acudiente así lo notifique a la institución. Sin embargo, si el retiro no se hizo a tiempo, debe solicitarle al nuevo establecimiento educativo (en la ciudad en la que se encuentre) que matricule al estudiante. El Sistema Integrado de Matrícula SIMAT cuenta con una funcionalidad que permite a usuarios con acceso autorizado al sistema, registrar ese tipo de novedades.

La entidades territoriales deben garantizar la prestación del servicio educativo a los estudiantes (nuevos o antiguos) sin importar el estado que el alumno presente en el sistema de información de matrícula; será responsabilidad de la entidad territorial y/o del establecimiento educativo tramitar o gestionar con otras entidades territoriales el retiro o actualización de datos de los estudiantes en los sistemas de información dispuestos por el Ministerio de Educación Nacional.

10. Mis hijos estaban en establecimientos educativos oficiales diferentes ¿Cómo puedo hacer para que los unifiquen en una sola institución educativa?

Debe realizar el proceso de inscripción en el colegio donde desea matricular a sus hijos, informando la situación particular. De acuerdo con el proceso de gestión de cobertura quienes soliciten cupo en un establecimiento educativo oficial donde estudien su(s) herman@ (s), tendrán prioridad en la asignación de cupos. Este criterio debe ser observado por el rector, sin embargo, está sujeto a la disponibilidad de cupos. Si la institución no cuenta con los cupos suficientes, debe dirigirse a la respectiva Secretaría de Educación para que le brinden otras alternativas.

11. ¿Tengo un hijo con discapacidad y estoy interesado en inscribirlo para el colegio que queda cerca a mi casa, puedo hacerlo?

Si, debe realizar el proceso de inscripción en el colegio donde desea matricular a su hijo. Si la institución no cuenta con los cupos suficientes, debe dirigirse a la respectiva Secretaría de Educación para que le brinden otras alternativas. Es importante anotar que el proceso de gestión de cobertura regulado por la Resolución 7797 de 2015, en su artículo 10, establece el orden de prioridad en la asignación de cupos a estudiantes nuevos, dando acceso prioritario a estudiantes en condición de discapacidad o con talentos excepcionales.

12. ¿Cómo debo realizar el proceso de matrícula si no soy colombiano? ¿Hay un trámite especial para la población venezolana?

Todos los niños, niñas y adolescentes migrantes procedentes de Venezuela pueden acceder gratuitamente a la educación en Colombia. El proceso de solicitud de cupo se realiza de la misma manera que para estudiantes de nacionalidad colombiana: El padre de familia o acudiente debe acercarse al colegio público más próximo a su lugar de residencia, allí solicita el cupo en el grado que vaya a cursar el estudiante y entrega los documentos que le sean requeridos para formalizar su matrícula. En caso de que el establecimiento educativo no cuente con cupos disponibles, deberá dirigirse a la respectiva secretaría de educación para que ésta ubique un cupo en otra institución.

Si el estudiante cuenta con visa o con el Permiso Especial de Permanencia -PEP- (en todas sus modalidades), las instituciones educativas deben matricularlos y oficializar su registro en el Sistema Integrado de Matrícula -SIMAT- indicando el número establecido para este documento; y diligenciar en la variable país de origen: Venezuela.

Si, por el contrario, el estudiante no cuenta con un documento de identidad validado por la autoridad migratoria, el establecimiento procederá a matricularlo y registrarlo en el Sistema Integrado de Matrícula -SIMAT- con el Número Establecido por la Secretaría de Educación -NES-. En este caso, el padre de familia o acudiente debe comprometerse, mediante acta, ante la institución educativa, a realizar con diligencia todas las gestiones que permitan regularizar la situación migratoria de sus hijos o menores a cargo.

El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con la Unidad Administrativa Especial de Migración, establecieron los lineamientos que definen las acciones específicas que deben ejecutar las Secretarías de Educación y los establecimientos educativos oficiales para atender a la población en edad escolar migrante proveniente de Venezuela. Estos lineamientos pueden consultarse en los siguientes enlaces.

- Decreto 1288 de 2018

- Circular Conjunta No. 16 de 2018

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Colegios Privados

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13. ¿Es obligatorio el uso de los uniformes desde el primer día de clase?

Los establecimientos educativos no oficiales son entidades de carácter privado y por lo tanto lo establecido en el contrato de matrícula es de obligatorio cumplimiento para las partes, al igual que lo estipulado en el manual de convivencia. Por lo tanto, el colegio puede exigir el uso del uniforme desde el primer día si así lo tiene contemplado.

14. En cuanto a útiles y materiales escolares, ¿qué me pueden pedir y qué no?

Se pueden solicitar los útiles y materiales que sean necesarios para el desarrollo del plan de estudios y del Proyecto Educativo Institucional. De igual forma se pueden solicitar textos de un autor o editorial determinada pero no se puede exigir que se compren en un lugar determinado incluido el colegio. No se pueden pedir implementos de aseo o para cubrir las necesidades del colegio tales como, papel higiénico, resmas de papel, marcadores para uso de los docentes, borradores de tablero, jabón, etc.

15. ¿Qué debo hacer para poner una queja de 'útiles inútiles'?

Debe elevarla ante la secretaría de educación respectiva como entidad competente en la inspección y vigilancia de los establecimientos educativos.

16. ¿Estoy obligado a pagar cuando me pidan aportes, bonos, rifas o dinero para actividades dentro de las actividades académicas?

Estas actividades pueden enmarcarse entre los denominados "otros cobros" que deben cumplir con los siguientes requisitos: a) ser aprobados por el consejo directivo en el cual debe haber representación de los padres de familia, alumnos y exalumnos; b) Deben incluirse en el manual de convivencia; c) Deben darse a conocer a los padres antes o en el momento de la matrícula y d) deben ser voluntarios.

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