De acuerdo con la Ley 100 de 1993 y aquellas que la complementan y reforman, todos los trabajadores deben realizar aportes al sistema de seguridad social en salud y pensiones. En salud son del 12,5% y en pensiones del 15,5%.
Los aportes se cotizan sobre una base del 40% del valor del contrato. Para aquellos empleados que tienen vínculo laboral y contrato de trabajo los pagos correspondientes se les deducen de su remuneración así: el empleador asume el 75% y el trabajador el 25%.
En el caso de los contratos de prestación de servicios el contratista asume el 100%. A partir del 2007 se incluyó la Planilla Integrada de Pagos y Aportes para efectuar las consignaciones.
Enlaces de interés:
Ley 797 de 2003 sobre regímenes pensionales
Ley 1122 de 2007 sobre Sistema General de Seguridad Social en Salud
Decreto 1703 de 2002 sobre el pago de aportes a salud
Información general pensiones
Información sobre riesgos profesionales
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