Con la contratación de la prestación del servicio educativo como estrategia de ampliación de cobertura, se logran tres objetivos fundamentales: brindar mayor pertinencia, garantizar permanencia de la identidad étnica y fortalecer las capacidades administrativas de las comunidades. Tres experiencias que tienen lugar con la Asociación de Autoridades Tradicionales Indígenas, del Amazonas (AATIS), y con el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).
Ofrecer una educación pertinente que garantice la presencia y el fortalecimiento de la identidad y de la cultura de las etnias que integran el país, es un compromiso nacional en el que se vienen desarrollando distintas estrategias. Así, en los departamentos de Guainía, Amazonas y Cauca se lleva a cabo la contratación de la prestación del servicio educativo directamente con las organizaciones indígenas, como respuesta a estas comunidades, ya sea porque no tienen una adecuada oferta de docentes pertinentes, ni suficientes recursos o porque se han organizado para prestar el servicio educativo.
En Guainía se conformó el Banco de Oferentes con el propósito de atender a la población por fuera del sistema escolar. En este sentido se inició un proceso de evaluación de oferentes, que permitió a esta entidad territorial la selección de las AATIS como prestadoras idóneas del servicio. De esta manera se contrató la atención en 2009 de 178 niños y jóvenes de las comunidades Wayúri y Jajlami, ubicadas principalmente en el bajo y medio río Guainía.
Para el caso de Amazonas, las AATIS vienen prestando el servicio desde el año 2002, proceso que anteriormente fue atendido por el Vicariato (desde comienzos del siglo XX). En este mismo año, por iniciativa de las organizaciones indígenas, se conforma la Mesa Permanente de Coordinación Interadministrativa (MPCI), entre la Gobernación, las Asociaciones Indígenas y entidades nacionales con el fin de identificar problemáticas de salud y educación y concertar acciones para su atención.
La conformación del Banco de Oferentes de Amazonas que se inicia desde 2009, ha permitido el fortalecimiento del proceso educativo propio; se definieron dos modalidades de prestación del servicio: una integral y otra de coadministración. Hoy se están atendiendo 715 niños y jóvenes de las jurisdicciones de las organizaciones indígenas: Acima, Aciya, Aipea y Pani. "Actualmente se diseña y gestiona un plan de formación para los docentes, compuesto por tres programas orientados a la implementación de los núcleos temáticos construidos y establecidos para la enseñanza etnoeducativa: Programa Formación Organizativa, Programa Formación Educación Intercultural y Pedagógica y Programa Formación en Tecnología, Información y Comunicación.
La experiencia en el departamento del Cauca, desarrollada por el CRIC, trabaja por el fortalecimiento de la cultura de las poblaciones indígenas del Departamento y la formación de maestros indígenas, como lo señala la etnoeducadora vinculada al Consejo, Graciela Bolaños. La labor del CRIC "ha mejorado el proceso de vivencia ancestral y de existencia cultural. En esa dimensión se ubica la plataforma de formación de maestros bilingües para enseñar de acuerdo con las culturas y las propias leyes, en el marco de diálogo entre nosotros y con los demás pueblos".
En términos de desarrollo, el programa del CRIC ha consolidado un proyecto comunitario y avanzado en las políticas etnoeducativas, al llevar a cabo el proceso investigativo de revitalización de lenguas, la construcción de pedagogías adecuadas a las comunidades y al visibilizar en lo nacional el sistema educativo propio, el cual se ha venido consolidando desde 2003 para promoverlo en todo el país. "Aspiramos a que todas las comunidades tengan unas mejores condiciones educativas para el fortalecimiento y crecimiento cultural", señala la coordinadora del Programa de Educación Bilingüe del Consejo, Alicia Chocué.
- Con la descentralización y la expedición de la Ley 715 de 2001 se establece la posibilidad para las entidades territoriales certificadas de realizar la contratación del servicio educativo con entidades estatales o no estatales de reconocida trayectoria e idoneidad.
- En 2004 se expide el Decreto 4313 por el cual se reglamentó la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas.
- Posteriormente, en 2009, mediante la expedición del Decreto 2355 del 24 de junio, se establece la realización de un estudio de insuficiencia que identifica aquellas zonas geográficas y niveles en donde la oferta oficial no es suficiente para atender a la población en edad escolar que demanda el servicio.
Fortalecer los procesos educativos propios, altablero, |