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Actualizado el 30 de diciembre de 2008

Introducción cobertura

La educación es un derecho de la persona y un servicio público obligatorio que tiene una función social, cuya responsabilidad es compartida entre el Estado, la sociedad y la familia. La Constitución autoriza que este servicio sea prestado por particulares, creando y gestionando establecimientos educativos bajo las condiciones establecidas por la ley, garantizando el cumplimiento de los fines de la educación y la calidad en la prestación del servicio (Artículos 67 y 68 de la Constitución Política de 1991 ).

La comunidad educativa participa democráticamente a través del Gobierno Escolar (Artículo 142 de la Ley 115 de 1994 y artículo 19 del Decreto 1860 del mismo año) y las secretarías de educación ejercen inspección y vigilancia, en desarrollo de las políticas y normas emitidas por el Ministerio de Educación, para garantizar la equidad, eficiencia y calidad en la prestación del servicio por parte de los establecimientos educativos privados.

Entre las estrategias de ampliación de cobertura aplicadas por el Ministerio de Educación Nacional se encuentran la organización de la oferta y la contratación del servicio educativo con particulares. Estas dos estrategias, unidas al pago de los recursos del sector (Sistema General de Participaciones) por estudiante atendido han llevado a un aumento sostenido en la cobertura.

Recientemente el el Ministerio de Educación Nacional, expidió el Decreto 2355 de 2009 , para regular la contratación de la prestación del servicio educativo por parte de las entidades territoriales certificadas, con los establecimientos educativos privados. Lea más sobre la contratación del servicio educativo en Estadísticas Sectoriales y Contratación.

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