Actualizado el 29 de abril de 2015

Comité de Alimentación Escolar (CAE) en los Establecimientos Educativos

A través de la participación ciudadana se puede influir en los procesos, proyectos y programas que afectan la vida económica, política, social y cultural del país. Por esta razón, es esencial que cada sujeto conozca y haga valer sus derechos a través de su participación en estos espacios.

Para el caso del PAE, el MEN ha definido espacios mínimos de participación que deben promover las entidades territoriales, que son los Comités de Alimentación Escolar (CAE) y las Mesas Públicas.

Comité de Alimentación Escolar (CAE) en los Establecimientos Educativos

El Comité de Alimentación Escolar CAE tiene como objetivo fomentar la participación ciudadana, el sentido de pertenencia y el control social durante la planeación y ejecución del PAE, para así optimizar su operatividad y contribuir a mejorar la atención de las niñas, niños y adolescentes.

Procedimiento para la conformación del comité

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•Integrantes del Comité de Alimentación Escolar:

  • Rector (a) de la institución educativa o su delegado
  • 3 Padres o madres de familia
  • Personero estudiantil o su suplente
  • 2 niñas o niños titulares de derecho del Programa

Nota: El establecimiento educativo, en cabeza del rector deberá implementar los comités con los integrantes antes descritos, si requiere de la participación adicional de otro actor, podrá proponerla al comité. Se podrá invitar al delegado del operador si la situación lo amerita.

Funciones del Comité

• Plantear acciones que permitan el mejoramiento de la operatividad del PAE en la institución educativa y socializarlas con la comunidad educativa.

• Participar de la focalización de las niñas, niños y adolescentes titulares de derecho del PAE, según las directrices del Lineamiento Técnico Administrativo del Programa.

• Ser parte activa en los espacios de participación ciudadana y control social PAE.

• Socializar los resultados de la gestión hecha por el comité a la comunidad educativa al finalizar el año escolar.

• Realizar seguimiento a aspectos operativos, logísticos, pedagógicos y otros que se consideren necesarios.

Toma de decisiones

La toma de decisiones se deberá hacer mediante votación. Todos los participantes del comité citados en el numeral 9.3.1 tienen voz y voto para la toma de decisiones.

Vigencia de los comités

La vigencia de los comités será de un (1) año escolar teniendo la posibilidad de continuar 1 periodo adicional, si es aprobado por la comunidad educativa.

Participación ciudadana
Participación ciudadana