El Ministerio de Educación Nacional se permite informar a todas las instituciones de Educación Superior (IES) de carácter privado, que ha emitido y publicado la Circular No. 53 mediante la cual se busca facilitar y estandarizar la entrega de la información referida a la justificación que deben presentar dichas instituciones, cuando incrementen el valor de los derechos pecuniarios por encima del índice de inflación.
Así mismo, se recuerda a los rectores y representantes legales de las instituciones de educación superior, que el informe contentivo de ésta información, de conformidad con lo ordenado en la Resolución 12161 de 2015, debe remitirse entre el 1 de noviembre y el 15 de diciembre de cada año, al Ministerio de Educación Nacional, a través del correo electrónico pecuniarios@mineducacion.gov.co, y cuya inobservancia constituye un incumplimiento a un deber reglamentario expreso que les corresponde como prestadores del servicio público educativo, susceptible de ser sancionado en el marco de las funciones de inspección y vigilancia.
VER CIRCULAR No 53
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