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Procesos de Autoevaluación 2012

La Subdirección de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior en su acompañamiento a las instituciones se permite recordar, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1295 del 20 de abril de 2010, que las solicitudes de renovación de los registros calificados radicadas de forma debida a partir de enero 1 de 2012, deberán tener en cuenta con relación al soporte de la condición de Autoevaluación, lo siguiente:

"6.3.- Autoevaluación.- La existencia o promoción de una cultura de autoevaluación que tenga en cuenta el diseño y aplicación de políticas que involucren a los distintos miembros de la comunidad académica, y pueda ser verificable a través de evidencias e indicadores de resultado. La autoevaluación abarcará las distintas condiciones de calidad, los resultados que ha obtenido en matrícula, permanencia y grado, al igual que el efecto de las estrategias aplicadas para mejorar los resultados en los exámenes de calidad para la educación superior.

Para la renovación del registro calificado la institución de educación superior debe presentar además los resultados de al menos dos procesos de autoevaluación realizados durante la vigencia del registro calificado, de tal forma que entre su aplicación exista por lo menos un intervalo de dos años.

Las solicitudes de renovación de registro calificado que se presenten antes del 31 de diciembre de 2011, sólo deben incluir los resultados de un proceso de autoevaluación."

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