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Ministerio de Educación fija tarifas de incremento de matrícula para establecimientos educativos privados

El Ministerio de Educación Nacional estableció, mediante la Resolución 5676 del 27 de septiembre de 2007, los parámetros y los procedimientos para fijar las tarifas de matrícula y pensiones en los establecimientos educativos privados que prestan el servicio de Educación Preescolar, Básica y Media.

El incremento base para todos los colegios de carácter privado será de 4,5%. Sin embargo, aumentará según el régimen en el que se encuentre clasificado el establecimiento, de acuerdo con los resultados de su evaluación institucional anual.

Es así como los colegios que se encuentran clasificados en el Régimen Controlado, solo podrán aplicar en sus tarifas el incremento base de 4,5%.

Los establecimientos que, por obtener mayores puntajes en su autoevaluación institucional, se clasifican en los rangos de Libertad Vigilada o Regulada podrán aumentar 1,5% sobre el incremento base (4,5%), es decir hasta 6%.

La viceministra de Educación Preescolar, Básica y Media, Juana Inés Díaz, explicó que las instituciones de carácter privado que se hayan certificado en calidad podrán aumentar un punto adicional, es decir, hasta 7% como máximo.

Los colegios con Libertad Regulada son aquellos que en su autoevaluación obtienen mayor puntaje y cumplen con las normas legales vigentes, o se han certificado o acreditado con modelos reconocidos por el Ministerio de Educación, según lo dispuesto en el Decreto 529 de 2006.

Los colegios que se clasifican en Libertad Vigilada son los que en su autoevaluación obtienen puntajes intermedios y cumplen con las normas legales vigentes.

Las instituciones con Régimen de Libertad Controlada son aquellos que obtienen los más bajos puntajes en su autoevaluación o no cumplen con la regulación vigente.

Consulte aquí la Resolución 5676 del 27 de septiembre de 2007

Para ampliar la información lo invitamos a consultar la Guía No. 4

Los colegios privados deben asumir todos los años su autoevaluación institucional y entregarla a la secretaría de educación en cuya jurisdicción operen 60 días antes de la fecha de su matrícula.

Los colegios que operan en las siguientes secretarías de educación pueden entregar su información via web en www.mineducacion.gov.co/autoevaluacion , con lo que se facilita el cálculo de indicadores y la clasificación y facilitan a las secretarías entregar las resoluciones antes de la fecha de matrícula. El teléfono de la mesa de ayuda es (1) 6012240, de la ciudad de Bogotá. Pueden también comunicarse a mesadeayuda@redassist.com.co , colegios.privados@hotmail.com y por Msn Messenger a esta misma dirección.

Antioquia (Sin Turbo: 2624625), Armenia (7444265), Atlántico (Sin Barranquilla ni Soledad: 3401686), Barrancabermeja (6223389), Barranquilla (3403978), Bello (4521000 ext 418), Bogotá (CADEL o 3241000 ext 2313), Boyacá (Sin Sogamoso ni Duitama: 7422000 ext 1101, 1126), Bucaramanga (6422390), Caldas (Sin Manizales: 8834736), Cartagena (6648000, 6602792 ext 254), Cesar (Sin Valledupar: 5712149), Cundinamarca (Sin Fusagasugá ni Soacha: 4260304/10/0144), Envigado (3394124), Girardot (8310575), Huila (Sin Neiva: 8716076), Itaguí (3717245 x 424), Medellín (5148262), Neiva (721415 ext 16), Norte de Santander (Sin Cúcuta: 5742594), Pereira (3248118), Quindío (Sin Armenia: 7412803) Sincelejo (2810290), Soacha (5750325), Sogamoso (7720260), Valledupar (5712366 ext. 142) y Villavicencio (6715842).

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