ZONAS DE INTEGRACIÓN FRONTERIZA - ZIF:

Aquellas áreas de los departamentos fronterizos cuyas características geográficas, ambientales, culturales y/o socioeconómicas, aconsejen la planeación y la acción conjunta de las autoridades fronterizas, en las que de común acuerdo con el país vecino, se adelantarán las acciones, que convengan para promover su desarrollo y fortalecer el intercambio bilateral e internacional. (Ley 191 de 1995, artículo 4).

Poblaciones vulnerables,
4 - Terminos en la letra Cobertura