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Gobierno Nacional expide Decreto que establece la remuneración de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas

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Actualizado: 27 de diciembre de 2023

Con la firma del Decreto No. 2246 de 2023, el Gobierno nacional establece la remuneración de los dinamizadores pedagógicos o educadores indígenas, de acuerdo con las tablas de cualificación. Así, el Ministerio de Educación Nacional avanza en el reconocimiento y desarrollo de la educación para los pueblos indígenas y en el Sistema Educativo Indígena Propio.

Bogotá D.C., 26 de diciembre de 2023. Los dinamizadores pedagógicos y educadores indígenas que atienden a la población de sus territorios, ya cuentan con el Decreto No. 2246 de 22 de diciembre de 2023, mediante el cual se establece el Sistema Transitorio de Equivalencias para el Régimen de Carrera Especial de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas, fijando un régimen salarial y prestacional para esta comunidad educativa. Con esto, el Gobierno Nacional honra sus compromisos con los pueblos indígenas de Colombia y acata la Sentencia SU-245 de 2021 de la Corte Constitucional.

Este decreto, firmado por el Presidente de la República Gustavo Petro Urrego, la Ministra de Educación Aurora Vergara Figueroa, el Ministro de Hacienda Ricardo Bonilla y el Director del Departamento de la Función Pública Cesar Augusto Manrique, da continuidad a los avances en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas y se suma al Decreto 1345 de 2023 a partir del cual se estableció el Sistema Transitorio de Equivalencias para el reconocimiento de la cualificación académica de los etnoeducadores. Estos logros se enmarcan en el trabajo articulado entre el Ministerio de Educación Nacional y la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Política Educativa para los Pueblos Indígenas -CONTCEPI- para la creación del Sistema Educativo Indígena Propio.

En ocasión a la expedición del Decreto 1345 de 2023, la Ministra de Educación, Aurora Vergara Figueroa, destacó el trabajo articulado del gobierno del cambio con los pueblos indígenas de Colombia para el logro de un sistema educativo en donde el saber propio sea reconocido: "El Gobierno Nacional ha venido trabajando de la mano con las comunidades étnicas con el propósito de reconocer sus derechos, valorar los saberes propios de los pueblos étnicos y proteger la diversidad étnica y cultural de la Nación. Desde este momento, los etnoeducadores indígenas nombrados en propiedad podrán gozar de los derechos propios del escalafón docente respecto a prestaciones sociales, vacaciones y otros aspectos similares".

Ahora, con el Decreto 2246 de 2023, se avanza en el reconocimiento y mejoramiento de las condiciones salariales de quienes son responsables de la educación en los territorios indígenas del país.

Así "en 2023 hemos dados pasos enormes que nos han permitido construir con ustedes, con los pueblos indígenas, de manera concertada con el gobierno nacional, las acciones que nos llevarán a brindar la educación para sus territorios con calidad y pertinencia, desde el reconocimiento de sus derechos ancestrales, así como de la valoración de su labor bajo los conceptos definidos en las tablas de cualificación, y también, garantizar el bienestar de todos los Dinamizadores pedagógicos y Educadores indígenas que prestan sus servicios en los establecimientos educativos ubicados en los territorios indígenas desde su ingreso, permanencia y movilidad" señaló la Ministra Vergara.

Sobre la asignación salarial

La asignación básica mensual de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas será la correspondiente al proceso de cualificación laboral indígena en el que se encuentre nombrado. Los servidores públicos etnoeducadores docentes y directivos docentes que no acrediten título académico, serán asimilados, para fines salariales, a la asignación básica mensual prevista para la formación de bachiller u otro tipo de formación.

Así mismo, los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas tendrán derecho a un mejoramiento salarial por cada dos años de experiencia en cada uno de los niveles, conforme a la estructura definida.

El nombramiento de los Dinamizadores Pedagógicos o Educadores Indígenas debe realizarse mediante acto administrativo de nombramiento en propiedad, expedido por la entidad nominadora competente, del cual harán parte los actos de gobierno propio de selección y compromisos suscritos entre el Dinamizador Pedagógico o Educador Indígena y la comunidad indígena.

Además, el Decreto 2246 de 2023 establece, entre otras cosas, una prima de alimentación y un auxilio de transporte durante los meses de labor académica, en este último caso, cuando se perciba una asignación mensual inferior a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

El Ministerio de Educación estima que con la aplicación del Sistema Transitorio de Equivalencias para los Dinamizadores pedagógicos o Educadores indígenas se beneficiarán alrededor de 11.616 educadores de departamentos como: Cauca, La Guajira, Nariño, Chocó, Córdoba, Putumayo, Tolima, Amazonas, Vichada y Vaupés.

Estos esfuerzos se suman al compromiso del Gobierno Nacional con la reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas de Colombia, a partir del reconocimiento de su historia, sus saberes e identidad cultural.

El Decreto 2246 del 22 de diciembre de 2023 puede ser consultado ingresando aquí


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FIN

  • Fotografías: Presidencia de la República
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