Invitación General a la Ciudadanía
El artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 establece que la Nación podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de las mismas, que se encuentren en mora en su pago a la fecha de expedición de la citada ley, esto es el 25 de marzo de 2019
Actualizado: 09 de diciembre de 2020
El artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 establece que la Nación podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de las mismas, que se encuentren en mora en su pago a la fecha de expedición de la citada ley, esto es el 25 de marzo de 2019
Con el diligenciamiento del formulario se entiende el interés de celebrar el acuerdo, para lo cual el Ministerio de Educación se pondrá en contacto con los interesados
El artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 establece que la Nación podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de las mismas, que se encuentren en mora en su pago a la fecha de expedición de la citada ley, esto es el 25 de marzo de 2019