Ley 0032 de Marzo 8 de 1990
Por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión del Agente de Viajes.
Vigencia
La Ley 32 de 1990 se encuentra vigente, salvo por su artículo 6º que ya perdió vigencia ya que, el plazo expresado en el mismo artículo ya venció, es decir, culminó su transitoriedad.
Ley 32 de Marzo 8 de 1990, profesión agente de viajes, empresario economía turística, prestaciones intelectuales y técnicas, escuelas de educación superior, escuelas de educacion superior, ICFES, Agentes de Viajes y Turismo, institutos de educación superior, matrícula profesional, investigación científica de educación superior, agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas, ministerio educación nacional, ministerio educacion nacional, Ministerio Desarrollo Económico, ministerio desarrollo economico, ministro educación manuel francisco becerra