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¿La acreditación es obligatoria?¿Es un requisito para abrir programas?

No, es de carácter voluntario. La Ley 30 de 1992 le da a las instituciones de educación superior la libertad de acogerse al Sistema Nacional de Acreditación, lo cual implica que éste es un proceso diferente al de inspección y vigilancia que debe ejercer el Estado, y que, por tanto, la acreditación no reemplaza.

La acreditación tampoco es un mecanismo para la autorización de programas, ya que con ella no se busca garantizar el cumplimiento de unos requisitos mínimos de funcionamiento. El Sistema Nacional de Acreditación debe inscribirse en el concepto del 'Fomento a la Calidad'. Este último es un mecanismo para la búsqueda permanente de más altos niveles de calidad por parte de las instituciones que quieran acogerse a él, para el fortalecimiento de su capacidad de autorregulación y para su mejoramiento.

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