
Inspección y Vigilancia
Inspección y Vigilancia en la Educación Superior
Actualizado: 03 de abril de 2019
El Presidente de la República tiene la función de ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación superior, de acuerdo con la Constitución Política y la Ley 30 de 1992, labor que ha sido delegada al Ministerio de Educación Nacional y que está orientada, entre otros aspectos, a proteger las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra.
¿Qué es Inspección y vigilancia de la educación superior?
Inspección y Vigilancia tiene como funciones asegurar que se cumpla e impere, integral y plenamente, la garantía constitucional de la autonomía universitaria; adoptar medidas para fortalecer la investigación en las instituciones y ofrecer las condiciones para su desarrollo. De la misma forma, facilitar a las personas aptas el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, al arte y a los demás bienes de la cultura; así como propender por la creación de mecanismos de evaluación de la calidad de los programas académicos de educación superior.
Igualmente, Inspección y Vigilancia vela por la calidad de la educación superior y el cumplimiento de sus fines, es decir, por la correcta formación moral, intelectual y física de los estudiantes y el adecuado cubrimiento de los servicios de educación superior.
En el caso de las instituciones privadas (constituidas como personas jurídicas de utilidad común), cuida que sus rentas se conserven y se apliquen debidamente y en el caso de las instituciones oficiales, trabaja porque atiendan su naturaleza de servicio público cultural y su función social y también para que se cumplan las disposiciones legales y estatutarias que las rigen.
¿Cuáles son las instituciones vigiladas?
Todas las instituciones colombianas de educación superior, sean estas oficiales o privadas, creadas por la ley o a las cuales se les haya reconocido personería jurídica. Conozca el listado de las instituciones y los programas de educación superior que son objeto de inspección y vigilancia del Ministerio de Educación Nacional en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior SNIES.
Las instituciones vigiladas pueden ser Técnicas Profesionales, Instituciones Tecnológicas, Instituciones Universitarias, Escuelas Tecnológicas o Universidades, las cuales se encuentran facultadas de acuerdo con su carácter académico, para ofrecer y desarrollar programas académicos de pregrado (programas técnicos profesionales, tecnológicos y universitarios) y de posgrado (especializaciones, maestría y doctorados).
No se encuentran sujetas a la inspección y vigilancia de este Ministerio, las instituciones de educación preescolar, básica y media, ni las de educación para el trabajo y el desarrollo humano, cuya competencia le corresponde a cada Secretaría de Educación municipal o departamental en donde se ubique cada institución.