Guía No. 20 Organización y administración de bienes muebles e inmuebles de los establecimientos educativos - Ministerio de Educación Nacional de Colombia

Guía No. 20 Organización y administración de bienes muebles e inmuebles de los establecimientos educativos

Publicado: 03-feb-2016

Los bienes muebles e inmuebles de los establecimientos educativos forman parte del ambiente pedagógico que facilita los procesos de aprendizaje. Es necesario, por lo tanto, que los directivos de las secretarías y de los establecimientos educativos, los docentes y estudiantes, reconozcan la importancia de estos recursos y la necesidad de mantenerlos en buenas condiciones para que cumplan con su función. Las secretarías de educación son responsables de dar las directrices de administración y uso de los recursos físicos, así como de asignar recursos que se complementarán de ser necesario,con los del municipio para el mantenimiento preventivo que deberá realizarse como actividad rutinaria. Por su parte los rectores y directores deberán administrar los recursos físicos y propiciar su uso de conformidad con las necesidades del proceso educativo y la normatividad sobre utilización de espacios. Los estudiantes, a su vez, con la dirección de sus maestros, deberán desarrollar el sentido de pertenencia por los bienes que están a su servicio, utilizarlos correctamente y dejarlos en buenas condiciones para que sirvan a otros.

Los bienes muebles e inmuebles de los establecimientos educativos forman parte del ambiente pedagógico que facilita los procesos de aprendizaje. Es necesario, por lo tanto, que los directivos de las secretarías y de los establecimientos educativos, los docentes y estudiantes, reconozcan la importancia de estos recursos y la necesidad de mantenerlos en buenas condiciones para que cumplan con su función.

Las secretarías de educación son responsables de dar las directrices de administración y uso de los recursos físicos, así como de asignar recursos que se complementarán de ser necesario, con los del municipio para el mantenimiento preventivo que deberá realizarse como actividad rutinaria. Por su parte los rectores y directores deberán administrar los recursos físicos y propiciar su uso de conformidad con las necesidades del proceso educativo y la normatividad sobre utilización de espacios. Los estudiantes, a su vez, con la dirección de sus maestros, deberán desarrollar el sentido de pertenencia por los bienes que están a su servicio, utilizarlos correctamente dejarlos en buenas condiciones para que sirvan a otros.

El uso de los espacios físicos ajustado a la norma y guiado por las prácticas de buen manejo, constituye un elemento fundamental para el logro de las metas de cobertura y calidad establecidas en el Plan de Desarrollo, la Revolución Educativa.

Al analizar la situación de los recursos físicos en las diferentes entidades territoriales se observa que aún faltan por resolver asuntos tales como la titularidad de los bienes, la organización y actualización de los inventarios y aspectos contables relativos a la exactitud de los registros. Es por lo tanto, necesario enfrentar las tareas de organización y cumplir los mandatos legales del saneamiento contable y de la transferencia de los establecimientos educativos departamentales a los municipios certificados.

El Ministerio de Educación Nacional ha elaborado la presente cartilla con el propósito de orientar a las entidades territoriales de carácter departamental, distrital y municipal, a los rectores y directores de los establecimientos educativos, en la organización y administración de los recursos físicos destinados al servicio educativo. También para contribuir a los procesos de saneamiento contable de los estados financieros y la transferencia de los bienes del sector educativo departamental a los municipios certificados.

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