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Envíenos sus aportes al borrador de decreto que reglamenta artículos de la Ley 715, relacionados con los Fondos de Servicios Educativos

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Actualizado: 23 de mayo de 2019

Hasta el 11 de agosto el Ministerio de Educación Nacional tendrá abierto este espacio para que los ciudadanos envíen sus aportes que ayuden a la construcción del decreto que busca reglamentar los artículos 11, 12, 13 y 14 de la Ley 715 de 2001, relacionados con los Fondos de Servicios Educativos.

Los Fondos de Servicios Educativos son cuentas contables creadas por la ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales, para que tengan una adecuada administración de sus ingresos y atiendan sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal.

En este borrador de decreto, hace referencia a temas como: administración del Fondo de Servicios Educativos, funciones del consejo directivo, ordenación del gasto, presupuesto, uso de recursos, contratación, entre otros.

Lo invitamos a leer el documento adjunto y envíenos sus aportes.

Normas de uso

  • Las opiniones publicadas son responsabilidad de los usuarios y no del Ministerio de Educación.
  • La recepción y la publicación de las sugerencias no comprometen al Ministerio de Educación a incluirlas en la norma respectiva.
  • Este espacio fue creado para recibir aportes de la ciudadanía para la construcción de la respectiva norma.
  • Sus datos personales son importantes para el análisis que harán los especialistas. Si se requiere, los usuarios serán contactados para tener más información de sus aportes.
  • Sus apellidos, correo electrónico y entidad no serán publicados en la página web.
  • No se publicarán comentarios con lenguaje ofensivo ni términos vulgares.
  • No use este espacio con fines publicitarios.

** Señor usuario, si tiene consultas o preguntas sobre temas que no están relacionados con este borrador de decreto, lo invitamos a enviarlas aquí, en nuestra sección de Atención al Ciudadano. **

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