Actualizado el 30 de Septiembre de 2010
Comentado por Lucero
ARTICULO 1
· No es claro quién es el instructor o capacitador, y cuál es el perfil que debe tener esta persona para cumplir esta función.
· Si las instituciones de de educación no formal vienen hacer la acreditación entonces ¿los intérpretes seriamos técnicos?
ARTICULO 2
· Es decir que las universidades que tengan la facultad de ciencias sociales o humanidades pueden dirigir estos programas. En el caso de las universidades que ofrecen esta facultad a distancia ¿para ellas también aplica?
· ¿Cuál sería en pensum para esta carrera?
· ¿Qué papel juega el INSOR en todo este proceso?
· ¿Qué sucederá con las personas que durante mucho tiempo han participado de eventos como: cualificaciones, congresos, talleres, diplomado, y otras formaciones?
¿Tendremos que participar del mismo proceso de formación con aquellos principiantes para obtener la misma acreditación como interpretes?
¿Dónde quedarán todas aquellas certificaciones?
· Queda claro que la educación informal para personas sordas y guías interpretes puede ser dirigida por cualquier universidad de garaje. ¿qué validez tendría?
ARTICULO 3
· ¿Los intérpretes que ya tienen un proceso de formación podemos homologar ante esas organizaciones públicas o privadas o tendremos que empezar de cero?
Y más aun los que han sido formados por el INSOR y quien será el responsable de aplicar las pruebas.
ARTICULO 4
· El segundo párrafo de este articulo aplica en el articulo numero 3.
· Si no modifican el numeral 8 del artículo a del decreto 2009 de 1997 para que el INSOR tenga dentro de sus funciones el ser un ente regulador, fiscalizador, y que sanciona ¿Cómo podrán evitar que estos organismos públicos o privados no logren formar y acreditar profesionales con aptitud ocupacional?
ARTICULO 5
· Es importante que dentro del proceso de difusión de L.S.C. se incluya la participación de la comunidad sorda con el objetivo que apunta a optimizar y mejorar procesos y servicios hacia la comunidad sorda.
ARTICULO 6
· Es fundamental en todo proceso de reglamentación recopilar la información de la comunidad en cuestión.