Actualizado el 05 de Noviembre de 2009

Enseñar y aprender de la diversidad y en la diversidad

Hacia el fortalecimiento de una política educativa en un país multicultural. Los procesos de formulación de políticas educativas dirigidas a los pueblos indígenas se iniciaron a finales de la década del 70 con la promulgación de los decretos 088 de 1976 y 1142 de 1978, con los cuales se reestructuró el Sistema Educativo y el Ministerio de Educación Nacional.

Hacia el fortalecimiento de una política educativa en un país multicultural.

Los procesos de formulación de políticas educativas dirigidas a los pueblos indígenas se iniciaron a finales de la década del 70 con la promulgación de los decretos 088 de 1976 y 1142 de 1978, con los cuales se reestructuró el Sistema Educativo y el Ministerio de Educación Nacional. Dentro de los cambios que se introdujeron, se establecieron: la participación, la cooperación, la investigación, el uso de lenguas nativas, la gratuidad, la financiación descentralizada, la elección especial para etnoeducadores y los calendarios flexibles. Para la población afrocolombiana, a partir de los años 90, se reconoció el derecho de estas comunidades a tener una educación propia con participación en la construcción curricular.

Con la promulgación de la Constitución Política de 1991, la educación se reconoce como un derecho de las personas "y un servicio público que tiene una función social... que busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura" y que forma "en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente" (Art. 67). En cuanto a los grupos étnicos, dice que "tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural" (Art.: 68).

En Colombia se han identificado como grupos étnicos a los pueblos indígenas, las comunidades negras, afrocolombianas, raizales del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y el pueblo Rom o Gitano, los cuales han propendido por su reconocimiento como partícipes activos en la construcción de la nación colombiana, buscando su autodeterminación política, económica organizativa y cultural¹. En este contexto, la etnoeducación aparece y se oficializa en el país como una política de Estado para la atención educativa de los grupos étnicos, respondiendo también a la movilización política del movimiento indígena en los años 70 y como desarrollo del principio constitucional de reconocimiento a la diversidad étnica y cultural de la nación, que trajo como consecuencia la generación de un marco normativo especial que contempla, entre otras, las siguientes definiciones y alcances:

Como derecho y servicio público, la etnoeducación debe garantizar procesos de enseñanza -aprendizaje y construcción de conocimientos en los que, a través de pedagogías participativas desarrolladas en un marco intercultural, los grupos étnicos que "poseen una cultura, una lengua, unas tradiciones y unos fueros propios y autóctonos" (Ley 115 de 1994, Art. 55)"logren desarrollar una formación que respete y desarrolle su identidad cultural" (Constitución Política, Art. 68).

"La etnoeducación, además de estar orientada por el objeto, principios y fines generales de la educación colombiana, debe incluir las particularidades sociales que caracterizan a los grupos étnicos y define sus procedimientos como: "compromiso de elaboración colectiva, en los cuales, los miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros propios y autóctonos" (Artículos 55 a 63 de dicha Ley y Decreto 804 de 1995).

"Los programas y los servicios de educación destinados a los pueblos interesados deberán desarrollarse y aplicarse en cooperación con éstos a fin de responder a sus necesidades particulares y deberán abarcar su historia, sus conocimientos y técnicas, sus sistemas de valores y sus demás aspiraciones sociales, económicas y culturales. La autoridad competente deberá asegurar la formación de miembros de estos pueblos y su participación en la formulación y ejecución de programas de educación, con miras a transferir progresivamente a dichos pueblos la responsabilidad de la realización de estos programas, cuando haya lugar. Además, los gobiernos deberán reconocer el derecho de esos pueblos a crear sus propias instituciones y medios de educación, siempre que tales instituciones satisfagan las normas mínimas establecidas por la autoridad competente en consulta con esos pueblos. Deberán facilitárseles recursos apropiados con tal fin" (Ley 21 de 1991, Artículo 27).

"El currículo de la etnoeducación se fundamenta en la territorialidad, la autonomía, la lengua, la concepción de vida de cada pueblo, su historia e identidad según sus usos y costumbres. Su diseño o construcción será el producto de la investigación en donde participen la comunidad en general, la comunidad educativa en particular, sus autoridades y organizaciones tradicionales" (Decreto 804 Artículos 14 y 15).

Para las comunidades Negras en particular, la Ley 70 de 1993 establece: "el Estado colombiano reconoce y garantiza a las comunidades negras el derecho a un proceso educativo acorde con sus necesidades y aspiraciones etnoculturales. La autoridad competente adoptará las medidas necesarias para que en cada uno de los niveles educativos, los currículos se adapten a esta disposición" (Artículo 32). "Este reconocimiento particular a los procesos etnoeducativos afrocolombianos es obligatorio y extensivo a todos los establecimientos educativos del país a través de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos" (Artículo 39, Ley 70 de 1993, reglamentado en el Artículo 2 del Decreto 1122 de 1998).

Recientemente, la etnoeducación, como orientación para atender a los grupos étnicos se ratifica y hace vigente en el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), en los siguientes términos: "En cumplimiento de sus funciones en los niveles nacional, departamental, distrital y municipal deberá garantizar la etnoeducación para los niños, las niñas y los adolescentes indígenas y de otros grupos étnicos, de conformidad con la Constitución Política y la ley que regule la materia".

Revolución Educativa: hacia una oferta diferencial

El avance normativo para la atención educativa dirigida a las etnias y las acciones que de allí se desprendieron, no siempre se han reflejado en un mejoramiento de las condiciones de vida de estas comunidades. Hoy se requiere un esfuerzo conjunto, por parte de la comunidad educativa y de la sociedad en general, para lograr un real reconocimiento, valoración y fortalecimiento de la diversidad cultural. En otras palabras y a partir de los enunciados de la normatividad especial, es necesario fortalecer acciones y diseñar y desarrollar otras nuevas, que materialicen lo jurídicamente establecido, trabajando de manera concertada con las organizaciones representantes de las etnias para construir, desde las comunidades de base, una oferta educativa integral que reconozca la función educadora en espacios que van más allá del ámbito escolar, y en los cuales se proyecta el futuro de estas poblaciones, como sociedades que conforman la nacionalidad colombiana, que están en constante transformación y autorreconocimiento.

En esta perspectiva, el Ministerio de Educación Nacional ha iniciado procesos y acciones en las entidades territoriales, dentro de los cuales se destacan:

1. Educación para grupos étnicos y transversalidad. Con proyectos específicos en los ejes de la política (cobertura, calidad, eficiencia y pertinencia), y en un marco de inclusión y equidad, los dos viceministerios vienen trabajando de manera concertada con la Comisión Pedagógica Nacional de Comunidades Negras(CPN), conformada mediante el Decreto 2249 de 1996, y la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Política Educativa para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI), creada por el Decreto 2406 de 2007, en la elaboración de lineamientos de política y la propuesta de acciones concretas en las secretarías de educación.

2. Trabajo con las secretarías certificadas. Se han impartido directrices y orientaciones a los equipos de las secretarías de educación para que apoyen la implementación en las instituciones educativas de sus entidades territoriales acciones dirigidas a las etnias, que permitan innovar los procesos educativos con propuestas pedagógicas y didácticas, y construcción de nuevos modelos, transformando los proyectos educativos institucionales PEI para tener en cuenta otras formas de educación no escolarizada, endógena, con procesos especiales de selección de docentes, recuperación de lenguas y alfabetos, entre otros aspectos.

3. Reconocimiento de las poblaciones y labor interinstitucional. Se ha avanzado en la visibilización de las etnias en el sistema educativo. En 2009 se han identificado 812.671 estudiantes matriculados en preescolar, básica y media, 12.368 docentes que atienden poblaciones afriodescendientes y 3.790 etnoeducadores para estudiantes indígenas, se han descrito las principales causas de la deserción escolar (deterioro de la infraestructura, dispersión en la ubicación de las escuelas, dificultades para el acceso, presencia de docentes no pertinentes, PEI y currículos no concertados, falta de oferta de secundaria y dificultad para acceder a la educación superior, entre otras), y se vienen buscando soluciones articulando acciones y programas con otras entidades del Estado como: Familias en Acción, Red Juntos, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (restaurantes escolares, etc.), Acción Social, Ministerio de Comunicaciones, SENA y apoyo de organismos internacionales (OEI, UNESCO, OIM, etc.).

4. Educación superior. Para mejorar y ampliar la oferta, se han creado 34 Centros Regionales de Educación Superior (CERES) en departamentos y territorios habitados por etnias. Existe un programa de becas y fondos condonables, buscando mejorar las condiciones para el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

5. Modernización, equipo humano y concurso docente. Con la modernización de las secretarías de educación se han fortalecido equipos responsables del tema etnoeducativo y se han realizado estudios para determinar las plantas de docentes acordes con las necesidades de estas poblaciones. Entre 2005 y 2006 tuvo lugar el primer concurso especial para docentes que atienden poblaciones afrodescendientes, está en proceso de concertación el diseño de un estatuto docente especial para los pueblos indígenas y la continuidad del concurso para docentes que atienden poblaciones afrocolombianas.

6. Armonización de visiones y concepciones. En el eje de la política de calidad se presentan avances y puntos de encuentro entre la visión y misión que propone el Ministerio - a partir del concepto de Competencias Básicas y Estándares, la atención a la primera infancia y los planes de mejoramiento en las instituciones educativas-, y los planteamientos de las etnias sobre los procesos educativos, cuando afirman que la educación es para la vida y en la vida.

Se aprende y se enseña en situaciones concretas y contextos genuinos propiciados por una educación vivencial. Por ello, en este contexto "ser competente" significa el adecuado desenvolvimiento de la persona o ser dentro de su propia sociedad, así como la posibilidad de diálogo horizontal (en condiciones de equidad), de la cultura propia con otras culturas. Se entiende la noción de competencia como: "saber hacer, en situaciones concretas que requieren la aplicación creativa, flexible y responsable de conocimientos, habilidades, actitudes"² y aptitudes.

En este marco, el MEN se propone fortalecer los procesos etnoeducativos que contienen la educación propia, los proyectos educativos comunitarios, a partir de la consulta y participación de las comunidades en la construcción de procesos escolarizados y no escolarizados. Esta propuesta incluye metodologías, orientaciones, contenidos y procedimientos para su desarrollo que involucran a todos los actores sociales.

Qué, por qué y cómo de la etnoeducación

La apuesta para desarrollar proyectos etnoeducativos tiene como propósito contar con herramientas y orientaciones que permitan a las comunidades y a las secretarías de educación tener una guía conceptual, pedagógica, metodológica y operativa de las acciones educativas que se deben desarrollar para la atención pertinente de un grupo étnico o complejo sociocultural. Su propósito es, en primera instancia, la permanencia cultural de estos pueblos y comunidades, el ejercicio de la autonomía y respeto a sus territorios e, igualmente, orientar a las entidades responsables de la prestación del servicio hacia acciones específicas para llevar a cabo prácticas comunitarias (estrategias pedagógicas o desarrollo de modelos); así se permite la permanencia de los integrantes de estas comunidades en condiciones de equidad y competitividad frente al resto de la poblacion. El proyecto etnoeducativo define los objetivos y los procesos metodológicos de la educación: el qué, por qué y cómo de la etnoeducación.

El "Qué" se entiende como el horizonte o perspectiva para el desarrollo de competencias, con el fin de fortalecer las relaciones culturales endógenas y de la cultura propia con otras culturas (exógenas).

El "Cómo" se construye a partir de actividades de aprendizaje cultural integradas a los campos del saber propio e intercultural en sus contextos de vida. En estos procesos de enseñanza-aprendizaje, la comunicación, como manifestación de cultura y pensamiento, y la matemática, como lógica del pensamiento, atraviesan las prácticas pedagógicas.

El "Por qué" se propone desde la necesidad de afirmación y pervivencia cultural.

En esta construcción se han diseñado, conjuntamente con las comunidades, rutas metodológicas o ciclos que proponen el siguiente procedimiento:

1. Generar procesos de consulta y concertación con y de los grupos étnicos, garantizando el derecho a la autodeterminación y a la toma de decisiones sobre la educación que quieren para su pueblo o comunidad.

2. Construir los proyectos etnoeducativos y su práctica pedagógica comunitaria.

3. Orientar los procesos de participación de las comunidades y las diferentes entidades públicas y privadas, especialmente las secretarías de educación, en la prestación del servicio, conformando un tejido interinstitucional para la atención educativa diferencial y pertinente. El ciclo se cierra con la suscripción de alianzas entre el Ministerio, las secretarías y los representantes de los grupos étnicos, operando a través de comités técnicos que permitan identificar las necesidades educativas, las acciones requeridas para cumplirlas y hacer el seguimiento a los compromisos adquiridos.

Los proyectos etnoeducativos se concretan en una práctica y aplicación comunitaria, al involucrar en los procesos curriculares la reflexión frente a las actividades cotidianas de una comunidad (económicas, sociales, políticas y culturales), lo que permite mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje y la interacción entre el aula y las actividades que se desarrollan por fuera de ella, fortaleciendo los procesos de educación propia. El aula se transforma en aula abierta, crítica e integrada a la vida comunitaria, donde se cristalizan estrategias pedagógicas (modelos etnoeducativos), que incluyen el fortalecimiento y el uso de lenguas propias y la utilización de saberes de otras culturas.

De esta manera y en coherencia con una educación en y para la vida, las propuestas pedagógicas de los grupos étnicos integran áreas y saberes en proyectos de aula-comunidad que promueven el desarrollo de competencias de manera transversal. En la práctica, las competencias propenden al desarrollo del Ser Social para el fortalecimiento cultural del grupo étnico en el contexto de un país y un mundo diverso. También, en este marco, cada grupo étnico -con sistemas de valores propios dan sentido a la existencia cultural- y permiten un diálogo con otras culturas.

Para estos grupos, las competencias constituyen básicamente el desarrollo de compromisos y relaciones culturales, comunitarias, sociales y con la naturaleza, en las cuales son fundamentales las relaciones entre sociedades. Las competencias básicas son desarrolladas desde la integralidad, a partir de la ética, el comportamiento, la responsabilidad y los sistemas de valores, cuyo objeto central es el compromiso de mantenerse como comunidades dentro de la nación colombiana.

Características de los proyectos etnoeducativos

A manera de ejemplo y como resultado de la formulación de proyectos etnoeducativos con los pueblos Uwa, Wuayuu y Ette, Ennaka, Kancuamo, entre otros, se concluye que estos procesos se caracterizan por ser:

1. Comunitarios, en la medida en que todos los miembros participan en el proceso educativo con sus saberes, conocimientos, habilidades, destrezas, percepciones, sentires y palabras que se intercambian en la vida del aula-comunidad.

2. Integrales, puesto que en las formas pedagógicas propuestas por los grupos étnicos se presenta una constante interrelación de los campos del saber (propios y de otras culturas).

3. Diversos, en términos de las distintas formas de acceso al conocimiento (científico, onírico, perceptual, estético y simbólico, entre otros).

4. Procesuales (por proceso), ya que identifican el desarrollo de la persona de acuerdo con sus ciclos de vida (lo que se debe aprender y practicar en un determinado momento de acuerdo con el rol social: ser mujer, ser hombre, ser mayor, ser niño, etc.).

El Ministerio de Educación Nacional está comprometido con estos procesos, buscando transformar la historia de subordinación y dominación hacia estas comunidades, con acciones que mejoren sus condiciones de vida, reconociendo otras formas de aprendizaje, una mirada distinta a la escuela, más dinámica e integradora en interacción con sus contextos, donde la comunidad entera define su sentido y función social, dándole un significado cultural para posibilitar el desarrollo de competencias para la vida.

En esta perspectiva, el Ministerio de Educación Nacional se propone la atención educativa, de manera prioritaria, de 34 pueblos indígenas y 64 comunidades afrocolombianas, para responder a los autos de la Corte Constitucional que ordenaron al Estado (2008) una atención prioritaria a los pueblos y comunidades que se encuentran en grave riesgo de desaparición física y cultural (004 y 005 de 2008).

Finalmente, es necesario establecer mecanismos de evaluación, seguimiento y análisis de los resultados de estas iniciativas encaminadas a mostrar otras dimensiones de lo educativo más allá de los procesos escolarizados, integrando acciones en la salud, la alimentación, el manejo del medio ambiente, los comportamientos y el control social, entre otros, para formar un nuevo ser humano hijo de la diversidad y para la diversidad.

Notas

¹ Como se reconoce en la declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos Indígenas, de abril de 2009: "Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural".

² Ministerio de Educación Nacional, Documento No. 3. Estándares Básicos de Competencias en Lenguaje, Matemáticas, Ciencias y Ciudadanas. Bogotá, Imprenta Nacional de Colombia, 2006, pp 12.

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