Modelo de Vinculación

Desde su creación, el Programa se ha desarrollado a través de la vinculación de las Entidades Territoriales en dos modalidades del Sistema General de Participaciones (SGP) a saber: participación y encargo fiduciario.

1. Participación: Las Entidades reciben el giro de los recursos después de cumplir con los trámites administrativos correspondientes y asumen la obligación de llevar a cabo el proceso de contratación del operador que prestará los servicios de conectividad conforme a los lineamientos y requisitos establecidos en la ficha técnica publicada por el Programa.

2. Encargo Fiduciario: El Ministerio de Educación lleva a cabo la contratación de los operadores que se encargan de prestar las soluciones tecnológicas que garantizan el servicio de conectividad de las sedes educativas públicas del país en condiciones de calidad y se celebran los contratos y convenios necesarios para cubrir las necesidades de las entidades territoriales en esta materia. El Ministerio administra los recursos provenientes del SGP asignados para conectividad a las Entidades Territoriales vinculadas a través de un encargo fiduciario, realizando los procesos de selección, suscripción de los contratos y la autorización de los pagos.

En cualquiera de las dos modalidades, las Secretarías de Educación, con los recursos provenientes del SGP, que les son asignados cada año, hacen inversiones en materia de conectividad y mejoramiento de las redes de datos de conformidad con las prioridades señaladas en la Directiva Ministerial que se expide para cada año en la que se señala la destinación de los recursos y la modalidad de vinculación que se utilizará en el año respectivo.

En el periodo 2009-2014, los recursos invertidos ascendieron a $512.146.307.300 millones.

Modelo de Vinculación

Modelo de vinculación:Participación

Dirigido a Entidades Territoriales con proyectos propios de conectividad, en los que los recursos asignados en el Conpes son girados a la Entidad Territorial para que sea ésta la que adelante los procesos de contratación del servicio de conectividad, siguiendo los lineamientos de política definidos por el Ministerio de Educación Nacional. Así mismo, la Entidad Territorial es la responsable de la interventoría y pagos al operador.

1. Pasos previos a la suscripción al convenio:

  • Presupuesto: Este trámite se realiza generalmente ante la Secretaría de Hacienda de la Entidad Territorial y, consiste en incluir los recursos asignados en el Documento Conpes 141 de 2011, dentro del presupuesto de la entidad.
  • Revisión modelo de convenio: Simultáneamente con la realización de los trámites mencionados, se debe proceder a la revisión del modelo de convenio entregado por el Ministerio de Educación Nacional, con el fin de obtener a la mayor brevedad los vistos buenos establecidos como requisito previo para la firma del Gobernador o del Alcalde.
  • Definición de la necesidad de conectividad sede por sede: Esto requiere dos pasos: 1.) La validación de la información existente en el Ministerio de Educación Nacional. 2.) La definición de cada una de las sedes por atender con los recursos 2011.
  • Resumen de actividades: La Entidad Territorial debe diligenciar el Formato Plan de Acción que describe de manera específica el resumen de las actividades por desarrollar en las diferentes sedes educativas que se beneficiarán del programa.

2. Suscripción del Convenio Inter-administrativo

  • Legalización: Para la legalización del convenio se requiere que la Entidad Territorial diligencie el Acta de Inicio.

3. Modalidades de Contratación

  • Selección pública: La Entidad Territorial adelantará procesos de selección pública para la celebración de contratos (operadores, interventoría, etc.)
  • Contratación directa por la Entidad Territorial: En aquellos casos en que por razones de conveniencia sea necesario, la Entidad Territorial podrá celebrar directamente el contrato de conectividad con el operador (éste deberá contar con la licencia para la prestación de servicios de valor agregado y telemáticos o el título habilitante convergente, del que trata el Decreto 2870 de 2007) seleccionado por la misma. En este caso la Entidad Territorial contará con el apoyo técnico, jurídico y financiero del Ministerio de Educación Nacional. Cada Entidad Territorial tendrá facultades de supervisión si así lo requiere. Conozca el procedimiento de 'Contratación directa por la Entidad Territorial'. Respecto a la contratación directa, debe tenerse en cuenta que por efectos de las elecciones de Gobernadores y Alcaldes y, en aplicación de la ley 996 de 2005, a partir del 30 de junio de 2011, no será posible la contratación directa.

Documentos de referencia: