Entidades Obligadas
Entidades no obligadas
Inversión de los recursos de Ley 21
Actualizado el 28 de agosto de 2013
¿Qué es una Entidad Obligada?
De conformidad con lo estipulado en la Ley 21 de 1982, en el Artículo 8 "La nación, los departamentos, intendencias, comisarias, el distrito especial de Bogotá y los municipios deberán, además del subsidio familiar y de los aportes para el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, efectuar aportes para la Escuela Superior de Administración Pública ESAP y para las Escuelas Industriales e Institutos Técnicos Nacionales, departamentales, intendenciales, comisariales, distritales y municipales."
Artículo 16. "A pesar de lo dispuesto en el artículo anterior, los aportes de la nación, los departamentos, las intendencias, las comisarias, el Distrito Especial de Bogotá y los municipios, con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), y la escuela Superior de Administración Pública (ESAP), podrán ser girados directamente a dichas entidades, e igualmente los correspondientes a las escuelas Industriales e Institutos Técnicos, a la cuenta especial determinada por el Ministerio de Educación Nacional."