Actualizado el 28 de Enero de 2010

Ampliación de cobertura educativa

Diciembre 2
Mi inquietud está relacionada con la ampliación de cobertura, pues observamos con preocupación que se han venido desarrollando importantes esfuerzos y campañas masivas como "ni uno menos" para incorporar a más estudiantes a la educación, pero no es claro como el Ministerio de Educación garantiza los recursos a los departamentos y municipios para atender esta población, más aún teniendo en cuenta que en muchos de los municipios no se cuenta con cupos y que es necesario atender a nueva población mediante el banco de oferentes y que los recursos de las transferencias se calculan con base en la población atendida en el año anterior.

Esto es muy importante aclararlo en pro de la transparencia del manejo de los recursos y la seguridad de contar con los recursos para atender a la población que la campaña "ni uno menos" logre incorporar. Además para evitar que los estudiantes atendidos por oferentes inicien sus actividades académicas muy tarde por culpa de falta de provisión de recursos.

Agradezco su atención.

Cordialmente,

FUNDACIÓN REDESCUBRIENDO

Respuesta: La asignación de recursos que se transfieren a las entidades territoriales certificadas mediante la distribución del Sistema General de Participaciones de conformidad con el artículo 16 de la Ley 715 de 2001 establece que los recursos de la participación para educación se distribuyen de acuerdo con los criterios de i) población atendida; ii) población por atender en condiciones de eficiencia y iii) equidad.

Con el primer criterio "población atendida" se distribuyen, en los primeros meses de cada año, los recursos de las once doceavas partes de las asignaciones por población atendida en la vigencia inmediatamente anterior, cancelaciones de prestaciones sociales del magisterio y calidad educativa.

Con el segundo criterio "población por atender en condiciones de eficiencia", a mediados de cada año, se hace un ajuste a la distribución de las once doceavas de la vigencia actual de la participación para educación del Sistema General de Participaciones, de conformidad con el Decreto 2833 de 2004, para aquellas entidades territoriales certificadas que demuestren incremento de la matrícula oficial en la vigencia actual con respecto a la matrícula oficial de la vigencia anterior, la cual se utiliza como base para el primer criterio de asignación.

Con el tercer criterio "equidad", durante el segundo semestre del año, se distribuye un complemento a la asignación por población atendida, para aquellas entidades territoriales certificadas en las que se demuestra que las dos distribuciones anteriores no fueron suficientes para cubrir los costos de personal docente, directivo docente y administrativo con sus respectivas prestaciones sociales, previa verificación de que los recursos asignados hayan sido utilizados de manera eficiente por cada entidad. Así mismo se asigna, con base en los criterios anteriores la última doceava de cada año.

Por otra parte, el proceso de cobertura descrito en la Resolución 5360 de 2006 busca que cada entidad territorial certificada organice y planee sus condiciones técnico administrativas de manera oportuna, para poder garantizar la permanencia de los estudiantes antiguos en el sistema escolar y el acceso de los nuevos estudiantes que demandan un cupo en éste. Para ello puede utilizar diferentes estrategias, como lo son la reorganización y redistribución eficiente de los recursos con que cuenta actualmente (humanos, físicos, financieros y pedagógicos), la ampliación, construcción, adecuación y mejoramiento de la infraestructura educativa, la utilización de modelos educativos flexibles y en los casos en los cuales se demuestre insuficiencia para atender a la población en los establecimientos educativos del sector oficial, la contratación de la prestación del servicio educativo, de conformidad con lo establecido en el Decreto 2355 de 2009.

Diciembre 3
Con respecto a la rendición de cuentas, no parece muy importante que desde ustedes se garantice los recursos necesarios para ampliar la cobertura en las zonas rurales, con la calidad idónea, ya que los departamentos y municipios constantemente dejan de atender a estudiantes o no realizan suficientes esfuerzos para su ingreso, ya que no cuentan con la capacidad para atenderlos y no tienen la financiación para contratar el servicio con el banco de oferentes.

Igualmente, es muy necesario que se cuente con procesos de interventoría y seguimiento externo a los contratos de prestación de servicios educativos, porque los funcionarios encargados no tienen la capacidad logística ni el tiempo requerido para realizar esta labor y en otras ocasiones se tiene la suficiente transparencia en los procesos.

En espera de positiva respuesta.

GECOPROES LTDA.

Respuesta: La Nación con recursos del Sistema General de Participaciones, garantiza los recursos para la prestación del servicio educativo a las entidades territoriales certificadas utilizando entre otros criterios como población atendida y población por atender en condiciones de equidad, entre otros.

Adicionalmente, el Ministerio de Educación Nacional cuenta con un proyecto mediante el cual las entidades territoriales certificadas pueden acceder a recursos adicionales del presupuesto de la Nación para los niños, niñas y jóvenes que no está en capacidad de atender, previa presentación de un estudio de insuficiencia y un proyecto en el cual se especifique la población que no se está en capacidad de atender. Adicionalmente, la Nación, a través del Ministerio de Educación Nacional, suscribió el 19 de junio de 2008 el Acuerdo de Préstamo No. 7504-CO con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, para ejecutar el Programa de Fortalecimiento de la cobertura con calidad para el sector educativo rural, Fase II. El objetivo es "Garantizar a la población rural el acceso y permanencia en una educación pertinente y de calidad desde preescolar hasta media, considerando la diversidad étnica". Para ello el proyecto apoya el desarrollo de la política educativa en la zona rural a través de la ampliación de cobertura en transición, secundaria y media; la adopción de modelos y otras estrategias para garantizar la permanencia de los estudiantes hasta terminar el ciclo completo; y el desarrollo de estrategias para garantizar una educación pertinente y de calidad.

Por otra parte, con estrategias como la reorganización institucional, uso eficiente de los recursos, se logra una mayor eficiencia en el sector que permite ampliar y mantener la cobertura educativa en zonas deficitarias.

En cuanto a las interventorías de los contratos de prestación de servicios educativos, las entidades territoriales están en la obligación de realizarlas, conforme a lo establecido en la Ley 80 de 1993 y la directiva ministerial No. 9 de 2008.

En caso que la ciudadanía tenga información de entidades que no tienen procesos transparentes, la invitamos a denunciar ante los entes de control.

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