Ingreso al servicio educativo estatal de docentes y directivos docentes para atención de población indígena

Aplicación de concurso, procedimiento y requisitos. Estatuto de Profesionalización Docente. El ingreso a la carrera docente de etnoeducadores docentes y directivos docentes para la atención de población indígena debe realizarse mediante concurso abierto especial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 125 de la Constitución Política Nacional, la Ley 115 de 1994, y el Estatuto de Profesionalización Docente contenido en el Decreto Ley 1278 de 2002. Solamente el legislador tiene competencia para crear excepciones a la regla constitucional de la selección por mérito.

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