Ascenso en el escalafón (obras escritas)

La aceptación como obras didácticas o pedagógicas, técnicas o científicas cuyo contenido haga referencia a los campos de acción de la educaciòn superior, continuarán siendo evaluadas por el Ministerio de Educaciòn Nacional a travès del Instituto Colombiano para el Fomento de la Edcucaciòn Superior - ICFES.

La aceptaciòn de las obras didàcticas o pedagògicas, tècnicas o cientìficas que versen sobre temas que no sean para educaciòn superior, será efectuada por los departamentos y distritos, a travèz de las respectivas secretarìas de educaciòn o de los organismos que hagan sus veces, como autoridades competentes delegadas en su respectiva jurisdicciòn por el Ministerio de Educaciòn Nacional, en los tèrminos de la Ley 115 de 1994 .

Para efecto de la evaluaciòn de la obra, el educador peticionario deberà presentar ante la entidad competente la siguiente documentaciòn:

-Solicitud escrita.

-Certificado de clasificaciòn del educador en el que conste el grado en el Escalafòn Nacional Docente, expedido por la Oficina Seccional de Escalafòn.

-Tres (3) ejemplares de la obra, debidamente empastados.

-Certificado de registro de autorìa de la obra, expedido por la Direcciòn Nacional de Derechos de Autor del Ministerio del Interior.

El artìculo 10º del Decreto 2277 de 1979 establece los requisitos para ingreso y ascenso en el Escalafòn Nacional Docente de los educadores titulados. Con excepciòn de los Profesionales Universitarios diferentes a Licenciados en Ciencias de la Educaciòn, los cuales para su ingreso deben presentar entre otros, estudios pedagògicos que tengan una duraciòn no inferior a un año, los docentes que presenten uno de los otros tìtulos allì establecidos, no requieren curso de capacitaciòn para ingresar al Escalafòn Nacional Docente.

De otra parte, el contenido del artìculo 78 del Decreto 2277 de 1979 antes mencionado, solo es aplicable para ascenso a los educadores que se asimilaron al Escalafòn (proceso que finalizò el 30 de Junio de 1982) que prestan sus servicios en la enseñanza secundaria y carecen de tìtulo de Perito o Experto, Técnico o Tecnòlogo, Profesional con título universitario y Licenciado en Ciencias de la Educaciòn.

Oficina Asesora Jurídica
Ministerio de Educación Nacional

Ascenso en el escalafón (obras escritas)