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Comunicado Rectores y Representantes Legales de Instituciones de Educación Superior
Señores
 
RECTORES  Y  REPRESENTANTES LEGALES DE  INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN  SUPERIOR
Ciudad
 
Distinguidos  señores  Rectores  y  Representantes Legales:
 
Teniendo en cuenta que pese a las actuaciones cumplidas en el Ministerio de Educación Nacional  para atender las solicitudes  de  obtención  de  registros calificados y la renovación de los mismos, se han venido  sumando actuaciones en razón a :
 
1-  Los programas  académicos  de educación  superior del  área  de  la salud  requieren previamente  del  concepto  favorable respecto  de la  relación  docencia-servicio  emitido  por  la  Comisión   Intersectorial  para  el Talento  Humano  en Salud, y  para  ello se han enfrentado tres (3) dificultades fundamentales para cumplir lo establecido en el decreto 2376 de 2010:
ü La suscripción de nuevos convenios en términos que garanticen la continuidad y calidad de la relación docente-asistencial,
ü El diligenciamiento de los anexos técnicos,
ü La suscripción de pólizas.
Estos requisitos son verificados por el Ministerio de Educación Nacional y han significado el trabajo continuo y altamente coordinado con las  Instituciones de Educación  Superior  a fin de que ellas puedan ajustar los aspectos necesarios para cumplir con los requisitos establecidos.
 
2- Los procesos de renovación han sido radicados, en su mayoría, sin cumplir con  el  requisito  instituido de hacerlo antes de los 10 meses previos al vencimiento del registro calificado.
 
3-  Se debe  recordar  que la radicación se cuenta a partir de la entrega "en debida forma" de  los requisitos exigidos para que el Ministerio pueda realizar la verificación de que trata el Decreto 1295 de 2010.
 
4- El volumen de trámites ha obligado a implementar estrategias alternativas para atender los requerimientos en tiempo, sin embargo, es posible que algunos trámites estén tomando más tiempo, por lo que estamos priorizando aquellos más antiguos a fin de no afectar la prestación del servicio educativo.
Por lo anterior, este  despacho  agradece a las instituciones de  educación  supieron, a sus  directivos y a  la comunidad  académica  en general,  la compresión  de  las  explicaciones  dadas y manifiesta  que se  continuarán  adelantando acciones  de mejora  y de avanzada  en los  temas propios de los  trámites  antes anunciados  y  recuerda que  la  aplicación de lo  dispuesto  en  la Circular  No. 10  del  pasado  8  de abril  de  2013, aplica  para  aquellas solicitudes de  renovación  que se  hayan presentado  dentro  del plazo previsto (10 meses de  anticipación a  la  fecha de  vencimiento  del respectivo registro) y  con  el  lleno de  los requisitos exigidos  en  el Decreto 1295 de  2010.
 
Cordialmente,
 
 
 
 
PATRICIA  MARTÍNEZ  BARRIOS
Viceministra de Educación Superior
Programación de Salas CONACES
MARZO 2016
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