Para el Ministerio de Educación Nacional es importante destacar que la autonomía universitaria reconoce a las instituciones de educación superior el derecho a crear, organizar y desarrollar programas académicos, así como definir y organizar las labores formativas y académicas. Por consiguiente, la estructura y organización de los programas de educación superior deben corresponder con los objetivos específicos que determinan la identidad institucional y obedecer a procesos internos de reflexión y autoevaluación, conforme con el proyecto educativo institucional, misión, visión y los propósitos que plantea.
De esta manera, y como quiera que se han evidenciado posibles irregularidades en información presentada ante el Ministerio de Educación Nacional, es indispensable que se revisen de manera detallada los documentos que se radican, para efectos de evitar defraudaciones a los derechos de autor.
Finalmente, se informa que teniendo en cuenta que la Subdirección de Aseguramiento de la Calidad es la dependencia encargada para atender a las instituciones de educación superior en lo referente a los trámites institucionales y de registro calificado, y de coordinar los correspondientes procesos de verificación y evaluación, es de su resorte dar aviso a las autoridades competentes cuando en el contenido de la información allegada por las instituciones, se evidencie la posible ocurrencia de una conducta que atente contra los derechos de autor.
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