Pueden ser prestadores del servicio:
- Personas jurídica o natural, propietarias de establecimientos educativos.
- Fundaciones, corporaciones, cooperativas, asociaciones o cualquier otro tipo de ONG, o personas jurídica o natural propietarias de jardines infantiles.
- Instituciones de educación superior públicas o privadas.
- Cajas de Compensación Familiar con experiencia en la prestación de servicios relacionados con educación o con la atención a la primera infancia.
- Las iglesias y confesiones religiosas reconocidas como tal mediante el correspondiente registro expedido por el Ministerio de Interior y Justicia. Las expresiones "iglesia" y "confesión religiosa" comprenden también a las entidades que éstas hayan erigido o fundado y que gocen de reconocimiento jurídico ante el Estado, lo mismo que a las denominaciones religiosas, sus federaciones, confederaciones o asociaciones de ministros.
- Los proponentes plurales constituidos por dos o más de los señalados anteriormente. Deberán ser consorcios, uniones temporales o promesas de constitución de personas jurídicas, en las que la participación individual no podrá ser inferior al veinticinco por ciento (25%).
Estos deben:
- Proporcionar la atención integral (cuidado, nutrición y educación inicial) a la totalidad de los niños y niñas beneficiarios de las Modalidades de los Entornos Familiar, Comunitario e Institucional .
- Cumplir con los requisitos especificados por la entidad contratante para la suscripción de los contratos y obligaciones definidas por las partes en los respectivos contratos.
- Participar en las reuniones convocadas por el MEN en el ámbito nacional, regional y municipal, según el caso.
- Recibir la asistencia técnica del ICBF Regional y Zonal, y de las Secretarías de Educación Departamental y Municipal -SED y SEM-, según el caso, además de acatar las recomendaciones y sugerencias para el mejoramiento de la calidad en la atención integral de las Modalidades.
- Gestionar junto con ICBF Regional y Zonal, y las SED y SEM, la atención según competencias y responsabilidades de los diferentes sectores, para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños y las niñas.
- Cumplir con los lineamientos técnicos del MEN y el ICBF para la atención integral de los niños y niñas que asisten a las Modalidades.
- Involucrar a los padres de familia o responsables del cuidado y atención del niño en actividades pedagógicas que permitan participar y ser protagonistas del desarrollo de sus niños y niñas.
- Desarrollar un plan de atención integral para la prestación del servicio en coordinación con la respectiva Secretaría de Educación y dirección regional del ICBF.
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