COLOMBIA PUEDE APROBAR EN ESTOS DIAS UN CODIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA COHERENTE CON LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ
UNICEF Y EL PROYECTO DE LEY 215 SENADO
Como es ampliamente conocido en el país, Colombia aún no ha ajustado su normatividad interna a los principios de la Convención de derechos del niño. En numerosas ocasiones desde UNICEF hemos hecho un llamado respetuoso a avanzar en el camino del ajuste legislativo para hacer posible la coherencia entre los instrumentos legales y la aplicación práctica de las políticas públicas, aspecto sobre el cual el Comité de los Derechos del Niño ha reiterado también en sus recomendaciones. Los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes son prioridad absoluta.
En la edición del día domingo 30 de julio del periódico EL ESPECTADOR fue publicada una página titulada "LA DEROGATORIA DEL CODIGO DEL MENOR: LEY PARA DESPROTEGER AUN MAS A LA INFANCIA", suscrita por el Sindicato de Empleados Públicos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –SINTRABIENESTAR, la Asociación Colombiana de Defensores de Familia-ACODEFAM, La Unión Sindical de Trabajadores de Hogares de Bienestar-USTRAHBIN y el Sindicato Nacional de Trabajadores de las Instituciones de la Educación –SINTIES.
En este documento se hacen varias afirmaciones sobre el proyecto de Ley 215-2005 en trámite para Sesión Plenaria del Honorable Senado de la República, que malinterpretan el sentido de esta ley y, además, revelan desinformación sobre los antecedentes y la dinámica de elaboración del proyecto.
UNICEF entiende que tanto los contenidos como el proceso de preparación de esta ley representan para los niños y niñas del país grandes avances y oportunidades que se abren para la realización de sus derechos con una mejor definición de las obligaciones del estado, la sociedad y la familia para su cumplimiento.
Son estos algunos avances fundamentales en el proyecto de Ley:
- Colombia es el único país de América Latina que no ha ajustado su normatividad interna a los principios de la Convención de los Derechos del Niño.
Unicef ve con gran preocupación esa circunstancia. Se hace imprescindible lograr la adecuación de la legislación interna para hacer posible la coherencia entre los instrumentos legales y la aplicación práctica de las políticas públicas. La Convención de los Derechos del Niño es un instrumento internacional que prevalece sobre las leyes nacionales. Incluso en el artículo 44 de la Constitución Colombiana el país ratificó que los Derechos de la Niñez prevalecen sobre los derechos de los demás.
- El presente proyecto de Ley está en perfecta concordancia con los principios internacionales y, especialmente, con la Convención de los derechos del niño.
Este proyecto de ley, como ninguno otro en el pasado, ha logrado incorporar el enfoque de derechos y protección integral e incluir todos los aspectos fundamentales para abrir oportunidades y hacer posible la vigencia de los derechos de la infancia y la adolescencia. Obviamente, en un tema de tanta trascendencia surgen controversias y diferencias de criterio absolutamente previsibles en toda democracia.
- El proyecto busca fortalecer el Sistema Nacional de Bienestar familiar.
El proyecto de ley va dirigido a fortalecer el papel del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y el del ICFB como coordinador del mismo. También el de las demás instituciones encargadas de garantizar los derechos de los niños. Se trata de hacer factible un verdadero sistema integrado de garantía y restitución de derechos para la niñez en el cual las obligaciones de los departamentos y municipios están mejor definidas para que haya sinergia de su acción con la del gobierno nacional. Hay buenos ejemplos de esta sinergia en la formulación de políticas públicas de ciudades como Bogotá y Medellín y en otros departamentos y municipios más pequeños.
- Todo niño o niña tiene derecho a una familia.
UNICEF se acoge a los principios y directrices de la Convención de la Haya en este asunto. El proyecto de Ley regula el proceso de adopción en el país y establece que ni el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ni las instituciones autorizadas para desarrollar programas de adopción podrán cobrar directa o indirectamente retribución alguna por la entrega de niños o niñas para ser adoptados.
- Niños y adolescentes en conflicto con la Ley.
El proyecto propone un sistema especial de justicia para los adolescentes, fundamentado en la Convención de los derechos del niño y demás tratados internacionales sobre la materia. Define la edad penal a partir de los 14 años con tratamiento diferenciado: a) entre los 14 y los 16 años, juzgamiento sin privación de libertad; b) entre los 16 y los 18, juzgamiento con posibilidad de privación de libertad en instituciones especializadas.
- Trabajo Infantil-explotación laboral.
El proyecto define los 15 años como edad mínima para ser admitido en cualquier empleo. Privilegia la educación antes de esta edad. La autorización para trabajar solo podrá ser concedida entre los 15 y los 18 años, con todos los derechos laborales establecidos en el régimen laboral colombiano.
- El Proyecto de Ley es el resultado de un amplio proceso democrático nacional para colocar el interés superior del niño por encima de cualquier otro interés.
UNICEF, como entidad de las Naciones Unidas especializada en los Derechos de la niñez, apoya y exalta todos los esfuerzos democráticos que logren para Colombia, por fin, una Ley integral en la que el interés superior del niño sea el fundamento y el valor principal que prevalezca sobre cualquier otro interés de carácter político, ideológico o económico. Un país que no tenga en cuenta a su niñez no podrá considerarse como un país civilizado.
El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia-UNICEF como Organismo Especializado de Cooperación, ha sido y será siempre respetuoso de las decisiones democráticas y de la autonomía de los Estados para elaborar y tramitar sus leyes. En el caso de este Proyecto, contrariamente a lo que se afirma en el comunicado en referencia, hemos sido facilitadores de un progresivo y juicioso proceso de construcción, en el cual han participado numerosos y diversos sectores: el Ministerio Público, Senadores y Representantes, Universidades, ONG Nacionales e internacionales, entre otros, y que ha sido socializado y debatido por la Alianza por la Infancia en 18 foros regionales en todo el país.
Reiteramos que a la base de las discusiones sobre este proyecto de ley deberá estar siempre presente el interés superior de los niños, niñas y adolescentes. No dudamos que el criterio, responsabilidad y autonomía de los Honorables Legisladores Colombianos redundarán en la mejor fundamentación y definición de procedimientos para ajustar la Legislación Interna de acuerdo con los principios de la Normativa Internacional.
El panorama de la niñez y la adolescencia colombianas es más que elocuente en el reclamo de este ajuste legislativo. Allí están disponibles para consulta muchos rigurosos trabajos elaborados por instituciones del estado, incluyendo el Tercer informe presentado por Colombia al Comité de derechos del niño, universidades y organismos no gubernamentales nacionales e internacionales, que señalan los avances y ponen en evidencia las limitaciones y retos para el cumplimiento de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el país. Tamaño compromiso exige desarmar el espíritu y estar dispuestos, como nunca antes, a la búsqueda de la prioridad y del consenso que conduzca a Colombia al logro de una Ley que los dignifique y les haga justicia.
Desde luego que la vigencia de los derechos de la infancia y la adolescencia, no es solamente un asunto legislativo. Este pensamiento deberá reflejarse en todos los espacios públicos y privados, en la asignación de recursos, en las actitudes y comportamientos ciudadanos, en políticas públicas sostenibles. La ley abre el camino y puede facilitar este proceso de cambio a favor de la niñez y la adolescencia.
Cordialmente,
Paul Martin
Representante UNICEF Colombia
Colombia puede aprobar en estos días un código de infancia y adolescencia coherente con la convención internacional de los derechos de la niñez
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