Publicado: 03-feb-2016
El grupo de seguimiento al régimen salarial y prestacional de los profesores universitarios está integrado por el Ministro de Educación o su delegado, quien lo preside; el Director de COLCIENCIAS o su delegado; un representante de los rectores elegido por los rectores de las universidades públicas y un representante de los profesores elegido por los representantes profesorales a los Consejos Superiores Universitarios. Esto es lo dispuesto por el artículo 62 del Decreto 1279 de 2002.
Entre las funciones del grupo de seguimiento al régimen salarial y prestacional de los profesores universitarios se encuentran: