Ámbito de aplicación
Publicado: 03-feb-2016
El régimen salarial y prestacional de docentes de universidades públicas aplica para los profesionales que cumplan con las siguientes condiciones:
Excepciones:
Los docentes a los cuales no les aplica este régimen salarial y prestacional son los siguientes:
- Docentes ocasionales:
No tienen régimen especial ni pertenecen a la carrera docente. Su régimen salarial y prestacional conforme a su tipo de vinculación, que se hará por resolución, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30 de diciembre 28 de 1992 y el régimen docente correspondiente.
- Docentes de hora cátedra diferentes a los de la Universidad Nacional:
No tienen régimen especial ni pertenecen a la carrera docente. Su régimen salarial y prestacional se rige por sus contratos en el marco de lo previsto en el régimen docente correspondiente.
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