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Inspección y vigilancia

Antecedentes

inspeccion y vigilancia

Actualizado: 20 de noviembre de 2023

Por mandato constitucional al señor Presidente(a) de la República, como máxima autoridad administrativa, le corresponde ejercer las funciones de inspección y vigilancia sobre el servicio público educativo (artículo 189 numeral 21 y artículo 365 inciso 2º Superior).

Estas funciones son de naturaleza administrativa y, por lo tanto, pueden ser delegadas en las autoridades y en los términos que define la Ley (artículo 211 de la Constitución en concordancia con la sentencia 1190 de 2000). Así, en la actualidad, el Ministerio de Educación Nacional ejerce dichas funciones sobre el servicio de la educación superior en virtud de la delegación efectuada por el Presidente(a) de la República mediante el Decreto 698 de 1993.

Para tal efecto, el Ministerio de Educación Nacional debe respetar el marco normativo previamente fijado por el Legislador, quien por atribución constitucional es el competente para dictar las leyes a las cuales "(…) debe sujetarse el Gobierno para el ejercicio de las funciones de inspección y vigilancia que le señala la Constitución" (artículo 150 numeral 8º). Hoy en día, dicho marco normativo se concretiza en la normatividad vigente en educación superior

¿Qué es Inspección y vigilancia de la educación superior?

En una función que consiste en velar por la calidad de la educación superior, realizando evaluación, monitoreo y seguimiento a los procesos, procedimientos y actividades de quienes prestan el servicio público de educación, con el fin de que se cumplan las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias.

¿Cuáles son las instituciones de educación superior vigiladas?

Todas las instituciones colombianas de educación superior oficiales o privadas, creadas por la ley o a las cuales se les haya reconocido personería jurídica. Las instituciones vigiladas pueden ser:

  • Técnicas profesionales.
  • Instituciones tecnológicas.
  • Instituciones universitarias.
  • Escuelas tecnológicas o universidades.
  • Universidades

Dichas instituciones se encuentran facultadas de acuerdo con su carácter académico, para ofrecer y desarrollar programas académicos de pregrado (programas técnicos profesionales, tecnológicos y universitarios) y de postgrado (especializaciones, maestría y doctorados).

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