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Rendición de Cuentas

Audiencias públicas

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Actualizado: 13 de febrero de 2017

La audiencia pública es un mecanismo o una instancia de participación. La Ley 489 de 1998, sobre la organización y funcionamiento de entidades del orden nacional, establece algunos parámetros para que usted como ciudadano exprese su opinión frente a la ejecución de los recursos públicos.

Éste surge como un mecanismo que permite recibir QUEJAS de la comunidad sobre el uso de los recursos públicos, y a la vez las entidades estatales le rinden cuentas a la ciudadanía sobre su gestión.

Cuándo se convocan las audiencias públicas

- Cuando la administración lo considere conveniente y oportuno, para discutir aspectos relacionados con la formulación, ejecución o evaluación de políticas y programas a cargo de la entidad, y en especial cuando esté de por medio la afectación de derechos o intereses colectivos.
- Cuando las comunidades y las organizaciones lo soliciten, sin que la solicitud o las conclusiones de las audiencias tengan carácter vinculante para la administración.

Norma sobre audiencia pública:

El marco normativo de las audiencias públicas lo puede encontrar en la Ley 489 de 1998, Artículos 32 y 33, Normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional.

Consultar otros mecanismos de participación ciudadana

Ver histórico de otras audiencias públicas

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