Actualizado el 25 de junio de 2010

Necesidades Educativas Especiales Ajustes a las categorías de discapacidad, capacidades y talentos excepcionales

Con el fin de unificar criterios y buscar mecanismos de ajuste entre los diferentes sistemas de información de los ministerios y entidades nacionales relacionadas con el tema de NEE, se realizaron cambios y actualizaciones a las categorías de los tipos de discapacidad, capacidades y talentos excepcionales del Anexo 5A y 6A del SIMAT, las cuales deberán manejarse de ahora en adelante para el registro de estudiantes nuevos de cada establecimiento educativo.

Con el fin de unificar criterios y buscar mecanismos de ajuste entre los diferentes sistemas de información de los ministerios y entidades nacionales relacionadas con el tema de NEE, se realizaron cambios y actualizaciones a las categorías de los tipos de discapacidad, capacidades y talentos excepcionales del Anexo 5A y 6A del SIMAT, las cuales deberán manejarse de ahora en adelante para el registro de estudiantes nuevos de cada establecimiento educativo.

Así mismo, estos ajustes aplican para los estudiantes antiguos que estaban clasificados bajo las categorías anteriores, por lo tanto la información deberá ser actualizada en el sistema, con el acompañamiento de las secretarias de educación; la migración de esta información debe realizarse a más tardar en agosto del presente año.

A continuación se presentan las tablas con los nuevos criterios de clasificación de estudiantes con NEE

ESTADO ACTUAL Y SUGERENCIAS PARA EL REGISTRO EN EL ANEXO 5A Y 6A DEL SIMAT Y CATEGORIAS DE DISCAPACIDAD, TALENTOS Y CAPACIDADES EXCEPCIONALES

Categorías de discapacidad anteriores

Situación que surgió

Ajustes hechos en las categorías de discapacidad

LIMITACIÓN FISICA (MOVILIDAD)

Queda igual

LIMITACION FISICA

SORDOCEGUERA

Queda igual

SORDOCEGUERA

SORDOS LENGUA SEÑAS

Se deshabilita y se ajusta para la respectiva migración a:

SA - Usuario de LSC

(esta significa que es una discapacidad Sensorial auditiva - usuarios de LSC)

SORDOS CASTELLANO ORAL

Se deshabilita y se ajusta para la respectiva migración a:

SA - Usuario del castellano

(esta es una discapacidad sensorial auditiva por baja audición)

ENANISMO

Se deshabilita, estos deben migrar a:

DISCAPACIDAD SISTÉMICA

SORDERA PROFUNDA

Se deshabilita, estos deben migrar a:

SA - Usuario de LSC

(esta significa que es una discapacidad Sensorial auditiva - usuarios de LSC)

HIPOACUSIA O BAJA AUDICIÓN

Se deshabilita, estos deben migrar a:

SA - Usuario del castellano

(esta es una discapacidad sensorial auditiva por baja audición)

BAJA VISIÓN DIAGNOSTICADA

Se ajusta, estos deben migrar a:

SV-Baja visión

(esta es una discapacidad sensorial visual por baja visión)

CEGUERA

Se ajusta,

estos deben migrar a:

SV-Ceguera

(esta es una discapacidad sensorial visual, por pérdida total de la visión)

PARALISIS CEREBRAL

Se deshabilita,

estos deben migrar a:

LIMITACION FISICA

LESIÓN NEUROMUSCULAR

Se deshabilita,

estos deben migrar a:

LIMITACION FISICA

AUTISMO

Se ajusta,

estos deben migrar a:

TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA

DEFICIENCIA COGNITIVA (RETARDO MENTAL)

Se ajusta,

estos deben migrar a:

DI - Cognitivo

(se refiere a la discapacidad intelectual, en la cual se encuentran los trastornos de tipo cognitivo)

SÍNDROME DE DOWN

Se deshabilita,

estos deben migrar a:

DI - Cognitivo

(se refiere a la discapacidad intelectual, en la cual se encuentran los trastornos de tipo cognitivo)

MÚLTIPLE

Se ajusta,

estos deben migrar a:

MÚLTIPLE DISCAPACIDAD

OTRA

Se ajusta,

estos deben migrar a:

Otra discapacidad

NUEVA CATEGORIA

PSICOSOCIAL

NUEVA CATEGORIA

SISTEMICA

NUEVA CATEGORIA

VOZ Y HABLA

ESTADO ACTUAL Y SUGERENCIAS A LAS CATEGORIAS DE CAPACIDADES Y TALENTOS EXCEPCIONALES

Categorías anteriores

Situación que surgió

Ajustes hechos en las categorías

SUPERDOTADO

CAPACIDAD EXCEPCIONAL

TALENTO

Se ajusta, estos deben migrar a:

TALENTO EXCEPCIONAL

Con talento científico

Se ajusta, estos deben migrar a:

TE científico

(Talento excepcional científico)

Con talento tecnológico

Se ajusta, estos deben migrar a:

TE Tecnológico

(Talento excepcional tecnológico)

Con talento subjetivo

Se ajusta, estos deben migrar a:

TE Subjetivo/Artístico

(Talento excepcional Subjetivo/Artístico)

NUEVA CATEGORIA

TE Atlético/Deportivo

(Talento excepcional Atlético/Deportivo)

NUEVA CATEGORIA

DE - DOBLE EXCEPCIONALIDAD

(Capacidad excepcional + talento excepcional, O Doble talento)

DICCIONARIO DE DATOS VALORES ACTUALIZADOS DISCAPACIDAD, CAPACIDADES Y TALENTOS EXCEPCIONALES ANEXO 6 A Y 5 A

TIPO DISCAPACIDAD

03 SV-BAJA VISIÓN

04 SV-CEGUERA

07 TRANSTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA

08 DI-COGNITIVO

10 MÚLTIPLE

11 OTRA

12 SA-USUARIO DE LSC

13 SA-USUARIO DE CASTELLANO

14 SORDOCEGUERA

15 LIMITACIÓN FISICA (MOVILIDAD)

17 SISTÉMICA

18 PSICOSOCIAL

19 VOZ Y HABLA

99 NO APLICA

CAPACIDADES EXCEPCIONALES

1 CAPACIDADES EXCEPCIONALES

2 TALENTO CIENTIFICO

3 TALENTO TECNOLOGICO

4 TALENTO SUBJETIVO/ARTヘSTICO

5 TALENTO ATLノTICO/DEPORTIVO

6 DOBLE EXCEPCIONALIDAD

9 NO APLICA

DEFINICIONES DE CATEGORIAS DE CAPACIDADES Y TALENTOS EXCEPCIONALES

  1. Capacidades excepcionales: Nivel intelectual muy superior , Nivel de creatividad por encima de la media , altos niveles de interés por el conocimiento, de autonomía o independencia en edades tempranas y de desempeño en varias áreas del conocimiento o varios talentos
  1. Talentos excepcionales: Aptitud, y dominio sobresaliente en un campo específico, demostrado en edades tempranas que le permite expresar fácilmente sus creaciones por medio de este talento. En esta categoría se pueden clasificar los siguientes talentos:

Talento científico

Talento tecnológico

Talento subjetivo/artística

Talento atlético/deportivo

  1. Doble excepcionalidad: cuando presentan dos de las anteriores

DEFINICIONES DE CATEGORÍAS DE DISCAPACIDAD[1]

  1. Movilidad:

En esta categoría se deben reportar las personas-estudiantes que presentan en forma permanente debilidad muscular, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, alteraciones articulares o presencia de movimientos involuntarios. Las personas con esta condición presentan dificultad de diferentes grados para caminar o desplazarse, cambiar o mantener posiciones del cuerpo, llevar, manipular o transportar objetos y realizar actividades de cuidado personal, o del hogar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, entre otras. Para aumentar su grado de independencia pueden requerir de la ayuda de otras personas, prótesis, órtesis o ayudas técnicas como sillas de ruedas, bastones, caminadores o muletas, entre otras.

Algunos subtipos de este tipo de discapacidad son:

  • Parálisis Cerebral sin compromiso cognitivo
  • Parálisis: cuadriplejía (cuatro miembros) hemiplejia (medio lado derecho o izquierdo) , monoplejía (un solo miembro) paraplejia (dos miembros superiores o inferiores)
  • Distrofia muscular
  • Osteogénesis imperfecta (niños con huesos de cristal)
  • Lesión neuromuscular
  • Espina bífida
  • Otras relacionadas

Nota importante: Los estudiantes con limitaciones en la movilidad requieren instituciones educativas con espacios y mobiliario accesibles, ojalá con diseño universal: mesas de trabajo, sillas, atriles, útiles escolares, TIC.

  1. Sensorial Auditiva

En esta categoría se reportan las personas-estudiantes que presentan en forma permanente alteraciones en las funciones auditivas como localización, tono, volumen y calidad de los sonidos. Quienes tienen esta condición pueden presentar diferentes grados de dificultad en la recepción y producción de mensajes verbales en el desarrollo de sus actividades cotidianas incluidas las escolares. En esta categoría se pueden encontrar personas sordas sin posibilidad de recibir algún sonido aun cuando estos se amplifiquen; personas con dificultades graves o importantes para oír sonidos de sirenas, alarmas, dispositivos de advertencia; o personas que debido a una pérdida o reducción de la capacidad auditiva se les dificulta entender una conversación en tono normal. En esta categoría se deben incluir también las personas con sordera total en un solo oído.

Para aumentar el nivel de independencia los estudiantes con estas condiciones pueden requerir de la ayuda de intérpretes, audífonos, implantes, sistemas de frecuencia modulada- FM y apoyos pedagógicos, entre otros.

  • Los usuarios de lengua de señas - tienen sordera profunda, pueden usar señas naturales o lengua de señas colombiana. Requieren de docentes bilingües en castellano y lengua de señas y los servicios de apoyo de modelo lingüístico y cultural y de intérpretes de lengua de señas colombiana- LSC
  • Los usuarios de castellano oral - tienen baja audición o hipoacusia, pueden requerir audífonos, sistemas de frecuencia modulada y apoyos pedagógicos

3. Sensorial Visual

En esta categoría se reportan los estudiantes que presentan en forma permanente alteraciones para percibir la luz, forma, tamaño, o color.

Se refiere a aquellas personas que presentan diferentes grados de dificultad en la ejecución de actividades de cuidado personal, estudio, trabajo, entre otras. Existen personas ciegas y personas con baja visión quienes a pesar de usar su mejor corrección en gafas o lentes de contacto, o haberle practicado una cirugía, tienen dificultades para distinguir formas, colores, rostros, objetos en la calle, ver en la noche, ver de lejos o de cerca, independiente que sea por uno o ambos ojos.

Se deben reportar estudiantes con:

  • Baja visión
  • Ceguera

Para que los estudiantes que presentan estas condiciones tengan más independencia y autonomía, deben contar con espacios accesibles, señales sonoras, apoyos tecnológicos, entre otros.

4. Sensorial Voz y Habla:

En esta categoría se encuentran aquellas personas que presentan en forma permanente alteraciones en el tono de la voz, la vocalización, la producción de sonidos y la velocidad del habla. También las personas con dificultades graves o importantes para articular palabra (mudez, tartamudez); es decir con alteraciones graves del lenguaje.

Hace referencia a aquellas personas que pueden presentar diferentes grados de dificultad en la emisión de mensajes verbales en el desarrollo de sus actividades cotidianas y escolares Para una mayor independencia podrían requerir de apoyos terapéuticos, tecnológicos.

5. Sordoceguera:

Es una discapacidad que resulta de la combinación de dos deficiencias sensoriales (visual y auditiva) y que genera en quienes la presentan problemas de comunicación únicos y necesidades especiales derivadas de la dificultad para percibir el entorno. Algunas personas sordociegas son sordas y ciegas totales, mientras que otras conservan restos auditivos y/o restos visuales. Generalmente las personas sordociegas requieren de apoyos táctiles para comunicarse, los cuales se proveen a través de guías intérpretes o mediadores y en algunos casos de apoyos tecnológicos.

6. Discapacidad intelectual:

En esta categoría se encuentran aquellas personas-estudiantes, que en forma permanente presentan alteraciones en las funciones intelectuales y cognitivas. Se refiere a aquellas personas que podrían presentar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, diferentes grados de dificultad en la adquisición y aplicación de los elementos del aprendizaje para la ejecución de actividades de cuidado personal, del hogar, comunitarias, y sociales entre otras; así como dificultades para interactuar con otras personas de una manera apropiada dentro de su entorno social. Para lograr una mayor independencia se requiere de apoyos especializados terapéuticos y pedagógicos. Entre estos:

  • Síndrome de Down
  • Otros síndromes con compromiso intelectual
  • Trastorno cognitivo

7. Discapacidad Mental Psicosocial

En esta categoría se encuentran aquellas personas-estudiantes que presentan en forma permanente alteraciones de conciencia, orientación, energía, impulso, atención, temperamento, memoria, personalidad y en las conductas psicosociales, entre otras. Pueden presentar diferentes grados de dificultad en la ejecución de actividades que implican organizar rutinas, manejar el estrés y las emociones; interactuar y relacionarse con otras personas; al igual que en actividades, de educación, trabajo, comunitarias, sociales y cívicas.

En esta categoría se incluyen personas con desórdenes mentales expresados en comportamientos o expresiones emocionales inadecuadas, como la esquizofrenia, la bipolaridad, trastornos de ansiedad manifestados a través de trastorno obsesivo compulsivo, mutismo selectivo, psicosis, entre otras, quienes requieren de tratamiento psiquiátrico para poder ser incluidos al sistema educativo, ya que pierden el contacto con la realidad

8. Trastorno del espectro autista - TEA

Afecta el desempeño de funciones intelectuales, psicosociales, la voz y el habla, incidiendo en las relaciones interpersonales

9. Discapacidad Sistémica

Cuando las condiciones de salud ocasionan limitaciones en la actividad y restricciones en la participación, debido a enfermedades relacionadas con los sistemas cardiovascular, hematológico, inmunológico, respiratorio, del sistema digestivo, metabólico, endocrino, de la piel, enfermedades terminales, entre otras

10. Múltiple discapacidad

Cuando tiene 2 o más discapacidades


[1]Ministerio de Salud. RLCPCD - Registro de localización y caracterización de población con discapacidad.

Necesidades Educativas Especiales Ajustes a las categorías de discapacidad, capacidades y talentos excepcionales

Actualizado el 25 de junio de 2010

Decreto único de educación

El pasado 26 de Mayo se expidió el decreto 1075 de 2015, disposición que recopila las normas reglamentarias preexistentes que rigen el sector educativo, con el fin de contar con un instrumento jurídico único que facilite la consulta y aplicación de los mandatos relacionados con la educación en el país.

El pasado 26 de Mayo se expidió el decreto 1075 de 2015, disposición que recopila las normas reglamentarias preexistentes que rigen el sector educativo, con el fin de contar con un instrumento jurídico único que facilite la consulta y aplicación de los mandatos relacionados con la educación en el país.

En este decreto se recogen todas las disposiciones, orientaciones y reglamentaciones para el sistema educativo colombiano; se realizaron algunos ajustes a las normativas que así lo requerían, para ajustarlas a la realidad institucional y legal vigente, sin que esto afecte los actos administrativos expedidos a la luz de los decretos fuente de la compilación.

Con este decreto, toda la regulación pertinente a la educación está presentada en un solo documento, ofreciendo al sector y al público en general una herramienta reglamentaria clara, organizada y actualizada, por lo tanto no es necesario remitirse de las disposiciones previas a éste.

En el Título 2 de la Parte 3 del decreto, se encuentra las orientaciones específicas para los colegios y jardines privados, sin embargo, todo el documento es indispensable para el adecuado y correcto desarrollo de los establecimientos educativos según las normas vigentes en la legislación colombiana.

Para revisar el decreto 1075 y el índice del mismo, diríjase al siguiente enlace

http://www.mineducacion.gov.co/normatividad/1753/w3-article-351080.html

Decreto único de educación